La Comisión Europea regula la presentación del ‘colchón’ anticrisis por la banca

16/04/2021

diarioabierto.es. El Reglamento aprobado regula cómo cada entidad debe presentar información la relativa al requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles (MREL, Minimum Required Eligible Liabilities), que busca que tenga recursos suficientes para absorber perdidas y para recapitalizarse sin necesidad de recurrir a ayudas públicas.

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) de 16 de abril publica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/622 de la Comisión, de 15 de abril de 2021, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación de la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las plantillas uniformes, las instrucciones y el método para la presentación de información relativa al requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles (MREL, Minimum Required Eligible Liabilities), que entra en vigor a los veinte días de su publicación.

La Directiva 2014/59/UE establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. El nuevo reglamento, aunque les interese a ambos tipos de entidades, afecta directamente a las autoridades de resolución, que, en coordinación con las autoridades competentes, transmitirán a la Autoridad Bancaria Europea (ABE) la información especificada en las plantillas que figuran en los anexos I y II del reglamento en relación con el establecimiento del MREL.

El MREL, también conocido como ‘colchón’ anticrisis porque el requerimiento regulatorio a los bancos europeos pretende crear una reserva que absorba las pérdidas de una entidad financiera en caso de resolución. El nivel de este ‘colchón’ se determina de forma individual para cada grupo bancario en función de su nivel de riesgo y otras características particulares. Su objetivo es garantizar que cada banco cuente con fondos propios y pasivos admisibles para, en primer lugar, absorber posibles pérdidas y, en segundo lugar, recapitalizarse después por sí mismo, sin necesidad de recurrir a dinero público.

El MREL es consecuencia de la entrada en vigor de la Unión bancaria en noviembre de 2014. El organismo que fija este ‘colchón’ es el Mecanismo Único de Resolución (MUR). Entró en vigor en enero de 2016, aunque con un largo periodo de adaptación a la norma que también se determina caso a caso.

 

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