El Gobierno publica la instrucción de contabilidad para la Administración

17/04/2021

diarioabierto.es. Se ha creado un documento contable nuevo con el fin de realizar el seguimiento de los gastos presupuestarios financiados con Fondos de la Unión Europea. // Orden HAC/360/2021, de 14 de abril,

El Boletín Oficial del Estado del 17 de abril publica la Orden HAC/360/2021, de 14 de abril, por la que se modifican las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por las que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del Estado y la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado; la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por la que se regula el procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás información que las entidades del sector público empresarial y fundacional del Estado han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de carácter anual y trimestral a remitir a la Intervención General de la Administración del Estado; la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado y la Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General del Estado.

La Orden, firmada por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE. Por tanto, el 18 de abril.

No obstante, la utilización obligatoria del indicador de embargabilidad en los documentos contables que contengan una propuesta de pago, entrará en vigor el 14 de julio de 2021, coincidiendo con la entrada en vigor de la Orden PCM/7/2021, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado. La incorporación de datos específicos de seguimiento de los proyectos financiados con Fondos de la Unión Europea, entrará en vigor a los tres meses de la publicación de la Orden en el BOE.

La principal novedad de la Orden es que crea un documento contable nuevo con el fin de realizar el seguimiento de los gastos presupuestarios financiados con Fondos de la Unión Europea.

También se ha incorporado en los documentos contables que contengan una propuesta de pago, un indicador para poner de manifiesto si el derecho de cobro del tercero a cuyo favor nace la obligación de la Administración General del Estado es embargable total o parcialmente, o no, por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, debiendo señalarse, en los casos de inembargabilidad, la norma que ampara tal circunstancia, lo que ha supuesto la incorporación de esos datos en los documentos contables afectados.

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