Una pyme ya puede solicitar a la Comunidad de Madrid la ayuda por la conciliación

26/04/2021

DPG Legal. La empresa debe tener como mínimo 1 trabajador y hasta 50 como máximo, un volumen de negocio inferior a 10 millones, debe desarrollar su actividad en la Comunidad de Madrid y estar al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.

La Comunidad de Madrid ha aprobado las nuevas “Subvenciones para el fomento de la
RSC y la conciliación laboral”, con el objetivo de ayudar a pequeñas empresas y y sociedades civiles con personalidad jurídica a mejorar su productividad y competitividad, subvencionando iniciativas como la implantación de medidas de responsabilidad social corporativa (RSC) y conciliación.

La primera iniciativa subvenciona tanto la obtención de certificaciones de normas o estándares en materia de responsabilidad social, como la puesta en marcha de planes directores, programas o acciones que tengan por objeto avanzar hacia dicha certificación, y la pertenencia activa a iniciativas que fomenten la responsabilidad social. Por otra
parte, la segunda ayuda apoya la conciliación de la vida laboral, familiar y personal mediante incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria, y será proporcional a la jornada laboral del trabajador.

Ambas están disponibles para pequeñas empresas y sociedades civiles con personalidad jurídica (mínimo 1 trabajador y hasta 50 trabajadores) con un volumen de negocio anual o balance general anual igual o inferior a 10 millones de euros. Deben desarrollar su actividad en la Comunidad de Madrid y estar al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.

dPG Legal, como despacho de abogados especializado en derecho laboral, fiscal y administrativo, explica en qué
consisten estas ayudas, requisitos para ser elegible y plazos de solicitud.

Programa de ayudas en materia de responsabilidad social corporativa

Para poder ser elegible, es necesario obtener o renovar alguna certificación de normas o estándares en materia de
responsabilidad social o poner en marcha un Plan Director que tenga por objeto dicha obtención o renovación, así
como la participación efectiva en iniciativas, grupos o proyectos que fomenten la RSC.
El importe de la subvención es del 75% de la acción subvencionable hasta un máximo de 2.500€ por empresa y el
plazo de solicitud es de 3 meses desde que se realice la acción subvencionable que comienza a computar desde el
pago, de la certificación o renovación de la norma o estándar, desde la puesta en marcha del Plan Director que tengan
por objeto obtener dicha certificación o renovación, o desde la formalización de la participación efectiva de la entidad
en la iniciativa, grupo o proyecto.

Programa de ayudas en materia de conciliación

Para poder ser elegible, es necesaria la formalización de al menos un acuerdo de flexibilidad horaria o teletrabajo por
un periodo no inferior a un año con un trabajador vinculado a la empresa por contrato laboral, o bien un acuerdo
colectivo con sus trabajadores; o contratar personal nuevo en la modalidad de teletrabajo, y establecer con el
trabajador un acuerdo que regule esta situación por un período de tiempo no inferior a un año.
En caso de acuerdo de teletrabajo será necesario el “acuerdo individual de teletrabajo” y en caso de acuerdo de
flexibilidad horaria se incentivarán el establecimiento en el convenio colectivo de empresa o mediante acuerdo entre
la empresa y los representantes del personal o, en su defecto, con la totalidad o parte de la plantilla, de medidas de
flexibilidad horaria.

Para acuerdos de flexibilidad se deberá reflejar, como mínimo, las condiciones laborales del personal de la empresa,
por lo que establecerá el lugar de trabajo, el horario establecido, los permisos existentes, vacaciones, retribuciones,
etc.; así como el detalle de las medidas de flexibilidad horaria implantadas.
Tanto en caso de acuerdo de teletrabajo, como de flexibilidad horaria, el importe de la subvención será de 2.500€ por
trabajador con el límite máximo de 10.000€ por empresa y del 75% del coste de los equipos electrónicos necesarios
para la implantación en el centro de trabajo del teletrabajo, con un máximo de 2.500 euros por empresa. La
concesión de esta ayuda estará condicionada a que el beneficiario realice un gasto con su correspondiente pago, sin
incluir el IVA o, en su caso, los impuestos indirectos equivalentes cuando sean susceptibles de recuperación o
compensación. Son compatibles con incentivos a la contratación vigentes.
El plazo de solicitud es de 3 meses desde que se formalicen los respectivos acuerdos, de flexibilidad horaria o
teletrabajo. En las situaciones de adquisición de equipamiento electrónico, el plazo comenzará a computarse a partir
del pago de los mismos. La factura y el pago de este equipamiento, estará comprendido entre un mes anterior y tres
posteriores a que se formalicen los acuerdos de teletrabajo o a la contratación de personal en la modalidad de
teletrabajo.

La obligación del registro salarial por la empresa

Además, desde el 14 de abril, todas las empresas están obligadas a tener un registro retributivo de toda su plantilla,
incluido el personal directivo y los altos cargos, como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto de
igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
Esta norma tiene como objetivo impulsar la transparencia salarial en las empresas para garantizar la igualdad
retributiva entre hombres y mujeres en trabajos de igual valor. En definitiva, se trata de combatir la brecha salarial de
género.
Este registro salarial deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones
extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo. Asimismo, tendrá que figurar la media aritmética y la mediana de
lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel,
puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.
El periodo temporal de referencia del registro salarial será con carácter general el año natural, aunque podrá
modificarse. Además, los trabajadores de empresas con representación sindical podrán tener acceso al registro,
teniendo derecho a conocer el contenido íntegro del mismo.

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