El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) de 30 de abril publica las Conclusiones del Consejo sobre la Nueva Agenda del Consumidor.
Este documento, que no es propiamente un acto jurídico, permite al Consejo de
la UE:
- – Acoger con satisfacción la adopción, el 13 de noviembre de 2020, de la
Comunicación de la Comisión Europea (CE) titulada «Nueva Agenda del
Consumidor: reforzar la resiliencia del consumidor para una
recuperación sostenible», que presenta una visión de la política europea
de consumidores de 2020 a 2025; - – Apoyar los ámbitos prioritarios y las líneas de actuación clave
encaminados a definir y establecer medidas para garantizar un nivel
elevado y efectivo de protección de los consumidores y capacitar a los
consumidores de la UE para las transiciones ecológica y digital; - – Subrayar las lecciones extraídas de la pandemia de COVID-19 y la
importancia de mantener un elevado nivel de protección de los
consumidores, también en tiempos de crisis; Destacar la importancia de
examinar la eficacia de los mecanismos existentes y de traducir estas
lecciones en políticas de consumo nacionales y de la UE a largo plazo,
ambiciosas y exhaustivas, con el fin de salvaguardar los intereses de los
consumidores en futuras crisis y aumentar su resiliencia;
En relación con los servicios financieros, resaltamos que el Consejo de la UE:
- 1) Apoya firmemente el enfoque de la CE de abordar las necesidades
específicas de los consumidores, teniendo en cuenta sus
vulnerabilidades, para garantizar que nadie se quede atrás; Subraya la
necesidad de promover campañas de sensibilización integradoras y el
asesoramiento local, a fin de reforzar la protección de los consumidores
en línea y fuera de línea; Destaca la importancia de apoyar los servicios
de asesoramiento en materia de endeudamiento y el asesoramiento
financiero preventivo, así como de estudiar posibles mecanismos de
alivio; - 2) Subraya que la dinámica y rápida transformación de los servicios
financieros al por menor, que está poniendo a disposición de los
consumidores nuevos canales y productos digitales, requiere enfoques
legislativos y conductuales para proteger los intereses de los
consumidores; pone de relieva la necesidad de reforzar la protección de
los consumidores vulnerables que necesitan crédito para costear bienes
y servicios esenciales, como la asistencia sanitaria, la educación y los
servicios públicos; - 3) Apoya la intención de la CE de revisar la Directiva sobre el crédito al
consumo y la Directiva relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, en particular con
vistas a reforzar la protección de los consumidores mediante la
aplicación de medidas específicas para prevenir la desinformación, el
endeudamiento excesivo y la exclusión social de los consumidores, por
ejemplo, aclarando los requisitos de solvencia; Anima a la CE a
examinar formas de proteger a los consumidores del riesgo de
endeudamiento excesivo que acompaña a la concesión de determinados
tipos de préstamos; Destaca que los consumidores deben recibir una
información precontractual que sea clara, necesaria y adecuada para
poder tomar decisiones con conocimiento de causa, evitando al mismo
tiempo el exceso de información.
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