El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) de 12 de mayo publica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/763 de la Comisión, de 23 de abril de 2021, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación del Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y de la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la presentación con fines de supervisión y la divulgación pública de información sobre el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles.
El Reglamento 575/2013 trata sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión (CRR, por sus siglas en inglés). La Directiva 2014/59/UE establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
El nivel mínimo armonizado de la hoja de condiciones relativa a la capacidad total de absorción de pérdidas (TLAC por sus siglas en inglés) para las entidades de importancia sistémica mundial (EISM) se introdujo en la legislación de la UE en virtud del Reglamento 2019/876, por el que se modifica CRR. La obligación suplementaria específica de cada EISM y el requisito específico de cada entidad que no sea una EISM, denominados requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles (MREL), se establecieron mediante modificaciones específicas de la Directiva 2014/59/UE, introducidas por la Directiva 2019/879. Los requisitos de presentación y divulgación de información relativa a la TLAC y al MREL están actualmente regulados en CRR y en la Directiva 2014/59/UE, respectivamente.
Dado que la TLAC y el MREL persiguen el mismo objetivo de garantizar que las entidades y sociedades establecidas en la UE dispongan de una capacidad suficiente de absorción de pérdidas y de recapitalización, ambos requisitos deben ser elementos complementarios de un marco común. Procede, por tanto, establecer una serie de plantillas para la presentación y la divulgación pública de información armonizada sobre el requisito de fondos propios y pasivos admisibles para las EISM y las filiales significativas de las EISM de fuera de la UE (TLAC) y el MREL específico de cada entidad aplicable a todas ellas
El nuevo reglamento de ejecución tiene 83 páginas, en su mayor parte por sus anexos, ya que su parte dispositiva concluye en la página 10:
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Anexo I: Información sobre el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
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Anexo II: Presentación de información sobre el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles-instrucciones
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Anexo III: Modelo de puntos de datos único y normas de validación
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Anexo IV: Presentación normalizada de los órdenes de prelación en caso de insolvencia
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Anexo V: Divulgación de información sobre el MREL/TLAC – plantillas
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Anexo VI: Instrucciones para las plantillas de divulgación de información
El nuevo reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación. El título I (Presentación de información con fines de supervisión) será aplicable a partir del 28 de junio de 2021. El título II (divulgación de información por las entidades) será aplicable a partir del 1 de junio de 2021 en lo que respecta a las divulgaciones de información de conformidad con los arts. 437 bis (Divulgación de información sobre los fondos propios y los pasivos admisibles) y 447h) (Exposiciones de renta variable que no figuren en la cartera de negociación) de CRR, y a partir de la fecha de aplicación de los requisitos de divulgación de conformidad con el art. 3.1, párrafo 3º (Transposición), de la Directiva 2019/879 en lo que respecta a las divulgaciones de información de conformidad con el art. 45 decies.3 (Información de supervisión y divulgación pública del requisito) de la Directiva 2014/59/UE.
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