El Consejo de la UE ejecuta el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa

12/05/2021

diarioabierto.es. El Programa busca alentar la explotación de los resultados de la Investigación+ innovación y difundir y aprovechar activamente los resultados, en particular para estimular la inversión privada y el desarrollo de políticas. // Decisión (UE) 2021/764 del Consejo

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) de 12 de mayo publica las siguientes normas, de las que solo comentaremos aquí la primera:

  • Decisión (UE) 2021/764 del Consejo, de 10 de mayo de 2021, que establece el Programa Específico por el que se ejecuta el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa, y por la que se deroga la Decisión 2013/743/UE.

  • Reglamento (EURATOM) 2021/765 del Consejo, de 10 de mayo de 2021, por el que se establece el Programa de Investigación y Formación de la Comunidad Europea de la Energía Atómica para el período 2021-2025 que complementa el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», y por el que se deroga el Reglamento (Euratom) 2018/1563.

La decisión establece el Programa Específico por el que se ejecuta el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», los objetivos operativos del Programa Específico, el presupuesto para el período 2021-2027, las modalidades de ejecución del Programa Específico y las actividades que han realizarse en el marco de dicho Programa.

Los objetivos operativos del Programa Específico son los siguientes:

  • reforzar la investigación de excelencia, tanto fundamental como en las fronteras del conocimiento; reforzar y diseminar la excelencia, en particular fomentando una participación más amplia en toda la UE;

  • reforzar el vínculo entre investigación, innovación y, cuando proceda, educación y otras políticas, en particular la complementariedad con las políticas y actividades de I+i a escala nacional, regional y de la UE;

  • apoyar la ejecución de las prioridades de las políticas de la Unión, en especial los ODS y el Acuerdo de París;

  • promover la I+i responsable, teniendo en cuenta el principio de cautela;

  • reforzar la dimensión de género en todo el Programa Específico;

  • desarrollar los vínculos de colaboración en la I+i europea y entre los distintos sectores y disciplinas, también en las ciencias sociales y las humanidades (CSH);

  • fortalecer la cooperación internacional;

  • conectar y desarrollar las infraestructuras de investigación en todo el Espacio Europeo de Investigación (EEI) y facilitar un acceso transnacional;

  • atraer talentos, formar y conservar a investigadores e innovadores en el EEI, también mediante la movilidad;

  • fomentar la ciencia abierta y garantizar la visibilidad pública y el acceso abierto a las publicaciones científicas y a los datos de la investigación, con las excepciones pertinentes;

  • alentar la explotación de los resultados de la I+i y difundir y aprovechar activamente los resultados, en particular para estimular la inversión privada y el desarrollo de políticas;

  • cumplir, a través de las misiones de I+i, objetivos ambiciosos dentro de un calendario establecido;

  • mejorar la relación y la interacción entre ciencia y sociedad, también mediante la visibilidad de la ciencia en la sociedad y la comunicación científica, y promover la participación de los ciudadanos y usuarios finales en los procesos de codiseño y cocreación;

  • acelerar la transformación industrial, también mediante la mejora de las capacidades en materia de innovación;

  • estimular las actividades de I+i en las pymes y la creación y crecimiento de empresas innovadoras, en particular empresas emergentes, pymes y, en casos excepcionales, pequeñas empresas de mediana capitalización;

  • mejorar el acceso a la financiación de riesgo, también mediante sinergias con el Programa InvestEU, en particular cuando el mercado no ofrezca financiación viable.

Partes

El Programa Específico constará de las siguientes partes:

  • Pilar I, «Ciencia excelente»,

  • Pilar II, «Desafíos mundiales y competitividad industrial europea»

  • Pilar III, «Europa innovadora»

  • Parte «Ampliar la participación y reforzar el EEI»

Presupuesto

La dotación financiera para la ejecución del Programa Específico durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027 será de 83.397 millones € a precios corrientes.

Como resultado del ajuste para programas específicos previsto en el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093, el importe anterior se incrementará con una asignación adicional de 2.790 millones € a precios constantes de 2018.

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