Las instituciones de inversión colectiva (IIC) que quieran incluir en su denominación comercial referencias a criterios ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) sólo podrán hacerlo si el porcentaje de inversiones que promueven éstos supera la mitad, según las nuevas normas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
En el caso de las comunicaciones comerciales de esos productos, al margen de su denominación, se podrán usar referencias a términos ASG siempre que el mensaje publicitario esté alineado con la información de folleto.
La CNMV también fija la información mínima que debe contener el folleto de las IIC que promuevan ASG o inversiones sostenibles.
Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.