Círculo Legal Barcelona explica por qué es importante proteger los secretos empresariales

08/06/2021

Círculo Legal Barcelona. “Es indispensable que las empresas adopten todas las medidas de seguridad precisas para tener a buen recaudo informaciones como códigos, cifrados, encriptados de datos o documentos”.

En marzo de 2019 entró en vigor la Ley de Secretos Empresariales, que brinda protección a la información y conocimientos tecnológicos, científicos, industriales, financieros, comerciales y organizativos que reúnen la condición de secreto. Hoy, con la crisis empresarial derivada por la pandemia de la COVID-19, esta normativa es esencial para proteger al máximo todo tipo de información y conocimientos relacionados con las compañías.

“La Ley de secretos empresariales es hoy más importante que nunca”, asegura Jorge Fernández, abogado y socio de Círculo Legal Barcelona. “No solo protege conocimientos e informaciones técnicas e industriales, sino también los datos relevantes de clientes, proveedores, o planificaciones comerciales”, añade.

El abogado hace así un balance muy positivo de la Ley, que, en su día, traspuesta de una directiva de la Unión Europea, tenía como objetivo garantizar la competitividad de las empresas a través del conocimiento e información no divulgados. “Hasta entonces no existían leyes que regulasen el secreto empresarial, por lo que ha aportado seguridad jurídica a las compañías”, considera Jorge Fernández.

“Es indispensable que las empresas adopten todas las medidas de seguridad precisas para tener a buen recaudo informaciones como códigos, cifrados, encriptados de datos o documentos”, añade el abogado.

¿Cuándo una información es un secreto?

“Para que una información sea considerada un secreto tiene que reunir tres condiciones”, explica Jorge Fernández, “que no sean conocidos o fácilmente accesibles, que tengan un cierto valor empresarial y que se hayan adoptado medidas para su protección y salvaguarda”.

Si una información reúne estos tres requisitos, el titular del secreto estará protegido por la Ley, que se activa cuando una persona que tiene acceso a esos conocimientos los revela a pesar de estar bajo la obligación de no contarlos, o cuando se tiene acceso a ellos por medio de espionaje industrial.

“Hay que distinguir estos casos de aquellos en los que la información se obtiene de forma lícita”, prosigue el abogado, “como cuando se obtienen al amparo de la libertad de información, se usan para descubrir irregularidades, o se ponen en conocimiento de representantes legales con funciones atribuidas y se facilitan a autoridades administrativas y judiciales”.

¿Qué hacer si se viola un secreto empresarial?

Para Jorge Fernández, ante cualquier violación del secreto empresarial “es esencial acudir a un profesional que le oriente sobre las acciones a interponer y, en su caso, medidas cautelares a adoptar”.

La Ley prevé un abanico amplio de acciones que ejercitar si se produce una violación del secreto empresarial. “El perjudicado puede declarar la violación del secreto empresarial y la cesación o prohibición de los actos de violación”, apunta el abogado. Además, en el caso de que por obtención de secretos se hayan fabricado mercancías infractoras, la Ley permite que se decrete la prohibición de fabricar las mismas, así como de comercializarlas, aprehenderlas o atribuirlas en propiedad al detentador del secreto.

Por último, se puede solicitar una indemnización por daños y perjuicios y publicar una sentencia que condene al infractor. “En el caso de la indemnización, la Ley establece un sistema alternativo al lucro cesante ordinario”, explica Jorge Fernández, “en estos casos se pueden reclamar daños y perjuicios teniendo en cuenta la cantidad que se habría podido cobrar por el demandante al infractor si se le hubiese concedido licencia de uso del secreto empresarial por todo el tiempo en que su uso podría haberse prohibido”, señala.

Estas acciones prescriben en el plazo de 3 años desde que el empresario tuvo conocimiento de la persona que llevó a cabo la conducta infractora y el secreto empresarial puede ser objeto de transmisión, ostentarse bajo un régimen de cotitularidad y ser objeto de licencia en exclusiva o no exclusiva.

Salvaguarda del secreto en sede judicial

Por la propia naturaleza del secreto, en los procedimientos judiciales en los que se deba revelar, el juez puede acordar restringir el número de personas que puedan tener acceso a documentos e información, materiales y sustancias relacionados con el secreto, restringir el número de personas con acceso a las vistas judiciales o facilitar a las personas que no tengan los anteriores accesos restringidos, versiones de las resoluciones judiciales que no contengan pasajes e información que puedan constituir secreto empresarial.

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