El contrato temporal quedará proscrito en ocupaciones de temporada

09/06/2021

Luis Martínez del Amo. El Gobierno aboga por extender el uso del fijo-discontinuo en el campo y la hostelería.

El Gobierno ha puesto negro sobre blanco su propuesta para reducir la temporalidad en el sector privado. Para ello se propone eliminar el contrato de obra y servicio, y limitar a seis meses el tiempo máximo de duración de un contrato eventual. Además, las empresas deberán determinar muy bien las causas por las que recurren a un contrato temporal. Y, si fallan en esto, estarán obligadas a readmitir a los trabajadores y pagar los atrasos, cuando estos obtengan sentencia favorable, que tendrá forma de despido nulo.

El borrador propone eliminar el contrato de obra y servicio. Y proscribir el uso del contrato temporal para las actividades de temporada; es decir, aquellas que se realizan año tras año, aunque por un período limitado del mismo, por ejemplo, el verano, según el borrador fechado el 2 de junio al que ha tenido acceso Europa Press.

En su lugar, las empresas deberían utilizar otra modalidad contractual, como el contrato fijo-discontinuo; un contrato de carácter indefinido que obliga a contratar cada año a las mismas personas, por un tiempo determinado, por ejemplo para la campaña estival, la cosecha, etc.

Es decir, quedaría desterrada la costumbre de contratar a los trabajadores de temporada bajo un contrato temporal, siempre que el borrador vea la luz, y que el Gobierno se encargue de hacer cumplir la norma; si bien hay que recordar en este sentido que el contrato indefinido es ya la modalidad contractual preferente por ley; si bien se incumpla este precepto de manera generalizada.

Despidos nulos

El borrador establece además un severo marco que convierte a los trabajadores en indefinidos, en el caso de que empresa justifique mal, o no lo haga, su necesidad de recurrir a un contrato temporal; siempre que medie una reclamación por despido.

Los contratos temporales quedarían restringidos a sustituciones o picos de producción; pero, en el último caso, imprevisibles; lo que excluye el verano, por ejemplo, para la hostelería de zonas turísticas; o la recolección, en actividades agrícolas.

Tampoco podrán recurrir a los contratos temporales las contratas o subcontratas, según el borrador.

Para firmar un contrato temporal, las empresas solo podrán alegar razones organizativas o productivas, según este documento sujeto a cambios derivados de la negociación entre el Gobierno, los empresarios y los sindicatos.

En el caso de las sustituciones, la empresa deberá indicar la identidad de la persona sustituida, y en cualquier caso, si la sustitución se prolonga más de dos años, el sustituto adquiriría la condición de fijo; salvo en el sector público; precisamente allí donde la temporalidad es mayor.

La duración máxima de un contrato temporal sería de seis meses, o de un año, si el convenio colectivo así lo contempla.

También se endurece la norma sobre despidos en este borrador. En caso de irregularidad, los despidos de los trabajadores temporales serán considerados nulos, en lugar de improcedentes, como hasta ahora.

Esto implica la readmisión del trabajador y el abono de los salarios dejados de percibir hasta ese momento.

Serán causas de despido nulo que el contrato temporal se firme sin estar bien justificado, o que no se haya plasmado por escrito ese contrato.

Primacía del salario mínimo fijado en el sector

Además, el borrador propone otros cambios relativos al desmontaje de la reforma laboral del PP.

En resumen, el Gobierno propone que los trabajadores de las contratas y subcontratas gocen de los mismos derecho que los de la empresa principal o los del sector; recupera la primacía, aunque limitada al salario, del convenio de sector sobre el de empresa, así como la prórroga indefinida de los convenios caducados o ultraactividad.

En el caso de la prioridad aplicativa, los convenios de sector prevalecerán sobre los de empresa en otras cuestiones, además de los salarios, como son la duración del tiempo de descanso y la duración de la jornada.

La negociación continúa

El borrador fechado el 2 de junio se halla sobre la mesa donde negocian los sindicatos, el Gobierno y los empresarios.

Hoy, tras finalizar la última reunión de esta mesa, la número dos de Comisiones Obreras (CCOO), Mari Cruz Vicente, ha celebrado el contenido de la propuesta gubernamental, si bien ha echado en falta un mayor desarrollo de su contenido.

La sindicalista ha alertado sobre el peligro de atacar el problema con cambios cosméticos, que no atajarán el abuso de la temporalidad que padece España desde que, en 1984, se diera carta de naturaleza al contrato temporal.

Según la responsable de CCOO, el borrador del Gobierno camina en la dirección correcta, que debe ser, en su opinión, trabajar en profundidad sobre la contratación temporal, formativa y también sobre la contratación a tiempo parcial.

Dudas de BBVA

En cambio, el responsable de Análisis Económico del servicio de estudios de BBVA, Rafael Doménech, ha reclamado mayor flexibilidad al contrato indefinido y ha enfriado las expectativas sobre los resultados de la reforma del contrato temporal.

Según Doménech, reducir el número de contratos no resolverá las debilidades del mercado laboral, y ha llamado a reflexionar sobre el hecho de que sean las Administraciones las que utilizan con mayor profusión los contratos de duración determinada.

“Las Administraciones Públicas encuentran en los contratos temporales un margen de flexibilidad del que no disponen los contratos indefinidos”, ha sentenciado, tras reiterar la necesidad de introducir más flexibilidad en el contrato indefinido.

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