Entra en vigor la normativa sobre IVA para el comercio electrónico transfronterizo en la UE

29/06/2021

diarioabierto.es. Adiós a la exención para artículos de menos de 22 euros y bienvenido umbral común.

El 29 de junio han entrado en vigor las nuevas normas sobre el impuesto sobre el valor añadido (IVA) para las compras vía Internet. El objetivo es garantizar unas condiciones de competencia más equitativas para todas las empresas, simplificar el comercio electrónico transfronterizo e introducir una mayor transparencia para los compradores de la Unión Europea (UE) en lo que respecta a los precios y la libre elección.

El sistema del IVA de la UE se actualizó por última vez en 1993, sin seguir el ritmo del auge del comercio electrónico internacional, al que se ha sumado también el sector minorista, sobre todo a raíz de la pandemia. Se precisaba una reforma para velar porque el IVA adeudado por las ventas online (en línea) se abone al país donde tienen lugar. Igualmente, la nueva normativa —que responde a la necesidad de simplificar la vida a compradores y  comerciantes— afectará a los vendedores y mercados o plataformas online, dentro y fuera de la UE, a las empresas de correos y mensajería, a las administraciones aduaneras y fiscales, y a los consumidores.

Novedades
A partir del 1 de julio de 2021, se modificarán varios aspectos de la aplicación del IVA a las ventas en línea, independientemente de que los consumidores compren a comerciantes de dentro o de fuera de la UE:
Adiós, exención. Con arreglo al sistema actual, las mercancías con un valor inferior a los 22 euros importadas por empresas no pertenecientes a la UE están exentas del IVA. A partir del mañana, se suprime esta exención para que se aplique el IVA a todos los bienes que entren en la UE, como sucede en el caso de los bienes vendidos por las empresas de la Unión. Los estudios realizados y la experiencia adquirida han demostrado que se está abusando de esta exención, ya que vendedores sin escrúpulos de fuera de la UE etiquetan engañosamente los envíos de mercancías, como los teléfonos inteligentes, para beneficiarse de la exención. Esta laguna permite a estas empresas sacar ventaja respecto a sus competidores de la UE y cuesta a las haciendas públicas de la UE unos 7.000 millones de euros al año debido al fraude, lo que aumenta la carga fiscal para otros contribuyentes.

⇒ Bienvenido, umbral común. En la actualidad, los vendedores de comercio electrónico han de contar con su número de IVA en cada Estado miembro en el que tengan un volumen de negocios superior a un determinado umbral global, que varía de un país a otro. A partir del 1 de julio, estos diferentes umbrales se sustituirán por un umbral común de la UE de 10.000 euros, por encima del cual el IVA se deberá abonar en el Estado miembro en el que se entreguen los bienes. Para simplificar la vida a estas empresas y facilitarles la venta en otros Estados miembros, los vendedores en línea pueden ahora inscribirse en un portal electrónico denominado «ventanilla única» (One Stop Shop), en el que pueden dar cumplimiento a todas sus obligaciones en materia de IVA para sus ventas en toda la UE. Este umbral de 10 000 euros ya es aplicable a los servicios electrónicos vendidos en línea desde 2019.

En lugar de hacer frente a farragosos procedimientos en otros países, se pueden registrar en su propio Estado miembro y en su propia lengua. Una vez registrado, el minorista en línea puede declarar y abonar el IVA correspondiente a todas sus ventas en la UE mediante declaración trimestral presentada a través de la ventanilla única. Esta se encargará de transmitir el IVA al Estado miembro correspondiente.

Análogamente, la introducción de una ventanilla única de importación para los vendedores de fuera de la UE les permitirá registrarse fácilmente a efectos del IVA en la UE y garantizará que el importe correcto del IVA llegue al Estado miembro a que corresponda. Para los consumidores, esto aporta mucha más transparencia. Cuando se compre a un vendedor o plataforma no pertenecientes a la UE registrados en la ventanilla única, el IVA deberá estar incluido en el precio que se pague al vendedor, lo que pondrá fin a las solicitudes de aduanas o empresas de mensajería que pidan un pago adicional a la llegada de las mercancías al país de residencia, ya que el IVA ya habrá sido abonado.

Imagen: Mika Baumeister (obtenida en unsplash.com y modificada).

Son muchas las empresas de fuera de la UE que ya se han registrado en la ventanilla única de importación, incluidos los mayores mercados en línea mundiales. Hay que recordar que las actuales normas de la UE sobre el IVA se actualizaron por última vez en 1993, mucho antes de la era digital, y no se ajustan a las necesidades de las empresas, los consumidores y las administraciones en unos tiempos caracterizados por las compras transfronterizas por internet. Mientras tanto, el auge de las compras en línea ha transformado el comercio minorista en todo el mundo, tendencia que se ha acelerado durante la pandemia.

Si bien las nuevas normas modifican a fondo el tratamiento que las empresas en línea de la UE dan al IVA, aportarán innumerables beneficios al facilitar la actividad empresarial, reducir el fraude y mejorar las experiencias como consumidores de los compradores en línea en la UE. Una «miniventanilla única» similar ya opera con éxito desde 2015 para el IVA de las ventas transfronterizas de servicios electrónicos. Su ampliación a las ventas en línea de mercancías ofrecerá aún más ventajas para los minoristas y consumidores en línea en la UE. En países tales como Noruega, Australia y Nueva Zelanda ya se han puesto en marcha reformas similares que funcionan bien.

Más información
⇒ Leer consejos y ver las fichas informativas para empresas y consumidores, en este sitio web

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.