
Una pasajera en la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez – Madrid Barajas en Madrid, (España) Eduardo Parra / Europa Press
La prórroga, aprobada en el Consejo de Ministros, entrará el vigor a las 0.00 horas del 6 de julio y estará en vigor hasta las 0.00 horas del 20 de julio, si bien la medida podría modificarse en función de la evolución de la pandemia.
Así pues, solo podrán llegar a España vuelos procedentes de estos dos países en los que sus pasajeros sean ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen, siempre que la escala sea inferior a 24 horas y no salgan de la zona de tránsito.
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