
De izda. a dcha.: Juan Carlos Robles, presidente del REFOR-CGE; Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas de España (CGE); Gerardo Cuerva presidente de CEPYME, y Bárbara Pitarque, miembro del Consejo Asesor del REFOR-CGE.
Ante el previsible incremento de las insolvencias empresariales, especialmente en las pymes, por las derivaciones económicas de la Covid-19, Cepyme y el Registro de Economistas Forenses (Refor) del Consejo General de Economistas ofrecen la Guía de actuación de la empresa ante la insolvencia.
Se trata de un estudio que tiene por objeto trasladar a las empresas (especialmente a las pymes) una idea clara, práctica y esquemática del sistema concursal; una herramienta divulgativa para dar a conocer a empresarios, asesores y consultores los mecanismos a aplicar en estos momentos de incertidumbre, complejidad empresarial y confusión económica tras la Covid.
Esta guía ofrece información sobre los procedimientos actuales de que disponen las empresas (y muy especialmente las pymes) para tratar de evitar o minimizar las consecuencias derivadas de las insolvencias, y plantea algunas posibles soluciones (preconcursales, paraconcursales y concursales) para intentar evitar que una empresa en dificultades, pero viable, se vea abocada a la liquidación.
La guía se distribuirá a las empresas y autónomos vinculados a Cepyme, y a los cerca de 2.000 expertos en insolvencia que componen el Refor.
La Guía avisa que no presentar el concurso en plazo puede tener consecuencias tanto para la viabilidad de la empresa como para la calificación del concurso y recomienda tener un buen control financiero en la empresa para prever la potencial insolvencia. Antes de entrar en concurso de acreedores, resulta conveniente estudiar soluciones preconcursales (como refinanciaciones, reestructuraciones o pre-pack). Además, la normativa actual dispone de procedimientos extrajudiciales para dar solución a situaciones de insolvencia, como los acuerdos de refinanciación y los acuerdos extrajudiciales de pago.
Soluciones más atractivas que el concurso
De cara a la reforma concursal que está ultimando el Gobierno, desde el Consejo General de Economistas y Cepyme consideran necesario introducir medidas que hagan más atractivas para las empresas las soluciones alternativas al concurso y el concurso en sí mismo, entre las que destacaron la necesidad de limitar los privilegios que mantienen los créditos públicos (Hacienda y Seguridad Social), como ya propusieron sucesivos informes del Fondo Monetario Internacional y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, así como facilitar la venta de unidades productivas para mantener el tejido empresarial español.
El presidente del Consejo General de Economistas, Valentín Pich, explica que “en este nuevo estudio se analizan las claves para intentar evitar que una empresa en dificultades económicas, pero que puede ser viable, se vea abocada a la liquidación, o que, en caso de que esta sea inevitable, se haga de forma ordenada”. “En muchas ocasiones, las empresas acuden tarde al concurso y en unas condiciones económicas muy negativas, por lo que el 90% de las que lo hacen acaban en liquidación; sería conveniente que, antes de llegar a una situación límite, intenten refinanciarse empleando los mecanismos que hay a su disposición”, subraya.
“Este tipo de acuerdos suponen una herramienta importante para la supervivencia de las empresas, por lo que se deberían introducir medidas para estimularlos, adecuándolos a la Directiva de Insolvencia, con objeto de que se hagan extensivos a las empresas de menor dimensión”, añade Pich.
El presidente de Cepyme, Gerardo Cuerva, señala que, en las actuales circunstancias, se hace más necesario que nunca que las empresas tengan las ideas claras sobre lo que supone una insolvencia, en qué consiste el procedimiento concursal, los tiempos de que disponen, las opciones que se les presentan y las conclusiones a tener en consideración. Una necesidad especialmente imperiosa para las pymes, “cuya limitada estructura les resta competitividad y capacidad de adaptación a situaciones inesperadas como la pandemia que hemos vivido”.
Ya se observa un claro aumento en el número de concursos, aunque todavía no se traslada el efecto de la crisis, debido a las sucesivas moratorias aprobadas. Este incremento es consecuencia del desgaste que a sufrido las empresas desde el punto de vista financiero, tras la caída de la actividad durante la pandemia. “Es un momento difícil para las empresas y la pandemia ha provocado la insolvencia de muchas empresas. Además, es un momento de cambio normativo: se transpone la Directiva de Insolvencia y en septiembre 2020, entró en vigor el nuevo Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC)”, subraya el presidente de Cepyme.
Esta Guía contribuye a facilitar la información sobre estos cambios y refleja todos los mecanismos que contribuyen a prevenir la insolvencia de la empresa o resolverla con mayores garantías de éxito antes de que solo tenga posibilidad de gestionarse por la vía de procedimientos jurídicos menos ágiles y largos en el tiempo.
La autora de la guía, la administradora concursal y miembro del Consejo Asesor del REFOR Bárbara Pitarque, recalca que la Guía “incluye todas las fases del procedimiento concursal, desde las alertas tempranas de la insolvencia como indica la Directiva de Insolvencia, pasando por las diversas soluciones preconcursales y paraconcursales existentes alternativas al concurso y las propiamente concursales”.
La Guía ofrece seis conclusiones:
- 1.- El riesgo es inherente a la actividad empresarial, pero hay que minimizarlo en lo posible.
- 2.- No presentar el concurso en plazo puede tener consecuencias tanto para la viabilidad de la empresa como para la calificación del concurso. Por ello es importante tener un buen control financiero internamente en la empresa para prever la potencial insolvencia.
- 3.- Intentar evitar el concurso de acreedores optando por soluciones preconcursales como refinanciaciones, reestructuraciones o Pre-Pack. Además, la normativa actual dispone de procedimientos extrajudiciales para dar solución a situaciones de insolvencia como los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago.
- 4.- Si estas medidas no son suficientes, el concurso puede ser la vía adecuada para reflotar una determinada empresa insolvente o para liquidarla cesando su actividad.
- 5.- Antes de solicitar el concurso hay que prever sus costes.
- 6.- Si se ha abierto la fase de liquidación, se ha aprobado un convenio con una quita igual o superior a un tercio y una espera de tres o más años, o se ha incumplido el convenio, se abre la sección denominada de calificación.
Juan Carlos Robles, presidente del Refor, pone el foco en la novedosa herramienta de los Pre-Pack. “Los protocolos elaborados por jueces de diversos territorios, tanto en relación al Pre-Pack como a las ventas de unidades productivas exprés, suponen un avance, pero haría falta que la legislación española regulara este mecanismo, al igual que ocurre en Reino Unido, Holanda o Estados Unidos”. A pesar de la moratoria existente hasta el 31 de diciembre 2021, Robles cree que “las empresas deberían diseñar planes de reestructuración cuanto antes mejor”, y avisa del riesgo existente para los administradores sociales con la calificación del concurso.
Gerardo Cuerva y Valentín Pich coindicen en la necesidad de desarrollar un sistema de alertas tempranas y ratios de detección prematura de la insolvencia ante posibles situaciones de riesgo, así como incluir modificaciones en materia de segunda oportunidad para que el procedimiento sea más rápido y menos formalista.
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