El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, publica en audiencia pública el Anteproyecto de Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes, más conocida como Ley de Startups.
El anteproyecto está orientado a fomentar la creación y relocalización de empresas
emergentes en España con el objetivo de continuar atrayendo talento y capital
internacional para el desarrollo de un ecosistema emprendedor con vocación
innovadora. Establece un marco específico para estas empresas, respondiendo a su singularidad y a las principales demandas del sector, con el fin de dar visibilidad a nivel global al ecosistema español de empresas emergentes, atraer inversión y talento.
El Gobierno pretende regular y flexibilizar todas las actividades que las empresas emergentes tienen que llevar a cabo con la Administración a lo largo de su ciclo de vida, en particular en sus primeras etapas, debido a la cantidad de trámites que conlleva el desarrollo de una empresa innovadora de reciente creación y que la penalizan con respecto a otras pymes en aspectos como la fiscalidad o el trámite de visados, cuya regulación contempla la nueva Ley.
El texto sometido a audiencia se dirige a todas las empresas o emprendedores
de nueva creación y grupos de empresas “emergentes”, con sede social o
establecimiento permanente en España, que no hayan distribuido dividendos, no
cotizadas y de carácter innovador. La Ley recoge los criterios indicativos de
ese carácter innovador, englobando los conceptos hasta ahora existentes en
diferentes normas de “empresas de base tecnológica”, “pymes innovadoras” o
“jóvenes empresas innovadoras”.
El Anteproyecto busca estimular la inversión y la atracción de talento,
favorecer la colaboración entre pymes, grandes compañías y empresas
emergentes, impulsar la I+D+i, también en la Administración mediante compra
pública innovadora, y fomentar la colaboración de las empresas emergentes y
los emprendedores con las Universidades y centros de investigación.
También, dar visibilidad al ecosistema español de startups, para atraer talento y capital y frenar la fuga de ‘cerebros’. En ese sentido se incorporan medidas tributarias y fiscales para impulsar la atracción del talento internacional y favorecer la creación de hubs digitales en España. Así, se reduce para las startups el tipo impositivo en el
impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo
general del 25% al 15% en el primer periodo impositivo en el que la base
imponible sea positiva y en los tres siguientes siempre que mantenga la
calificación de empresa emergente.
Se incluye la posibilidad de que las startups soliciten el aplazamiento
de la deuda tributaria del impuesto de sociedades o del impuesto sobre la renta
de no residentes en el primer ejercicio en el que base imponible sea positiva y
en el siguiente, con dispensa de garantías y sin devengo de intereses de
demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente.
Hay medidas favorables a las stock options. Se eleva el importe de la exención de 12.000 a 45.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra y se flexibilizan
las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad
limitada.
Se regulan los “nómadas digitales”. Por un lado, con la creación de un régimen
tributario específico para que estas personas en teletrabajo desplazadas a
territorio español se sometan al impuesto sobre la renta de no residentes,
relajándose los requisitos para acceder a este régimen (pasando de 10 a 5 años
el requisito de no ser residente fiscal en España) y se amplía el periodo de su
disfrute de 5 a 10 años. Y, por otro lado, creando un visado específico para
personas que trabajan en España para una empresa extranjera.
Fomento de la inversión
Este Anteproyecto de Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes
tiene entre sus grandes objetivos el impulso a la inversión en el ecosistema
emprendedor de España. Por ello, se eleva la base máxima de deducción por
inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros
anuales), el tipo de deducción (que pasa del 30 al 40%), así como el periodo en
el que se considera de reciente creación que sube de 3 a 5 años, con carácter
general, o a 7 para empresas de ciertos sectores.
Con el objetivo de facilitar y agilizar la actividad emprendedora desde las
administraciones públicas, se elimina la obligación de efectuar pagos
fraccionados del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta de no
residentes en los 2 años posteriores a aquel en el que la base imponible sea
positiva.
Además, el Anteproyecto incluye la no obligatoriedad de obtener el número de
identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, exigiendo
únicamente que tanto ellos como sus representantes obtengan los números de
identificación fiscal (NIF).
Por otro lado, teniendo en cuenta que el fracaso de una empresa emergente
debe aceptarse como un hecho normal, se agilizan los trámites para el cese de
actividad, que se cumplimentarán por vía electrónica.
Tras el éxito del sandbox del sector financiero, se promoverá la creación de entornos
controlados, por períodos limitados de tiempo, para evaluar la utilidad, viabilidad
y el impacto de innovaciones tecnológicas en los diferentes sectores de actividad
productiva.