El DOUE de 15 de julio publica los siguientes reglamentos, que entran en vigor el día de su publicación, siendo aplicables a partir del 1 de enero de 2021:
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Reglamento (UE) 2021/1147 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración
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Reglamento (UE) 2021/1149 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se crea el Fondo de Seguridad Interior.
Una tercera norma acompaña a las anteriores, que no comentamos aquí.
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Reglamento (UE) 2021/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece, como parte del Fondo para la Gestión Integrada de las Fronteras, el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
1. Fondo de Asilo, Migración e Integración
Su reglamento establece el Fondo de Asilo, Migración e Integración para el período comprendido entre el 1 de enero de 2021y el 31 de diciembre de 2027.
Establece los objetivos del Fondo, el presupuesto para el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027, las formas de financiación de la UE y las normas para la concesión de dicha financiación.
Objetivos
El objetivo político del Fondo consiste en contribuir a la gestión eficaz de los flujos migratorios y a la aplicación, el refuerzo y el desarrollo de la política común de asilo y de la política común de inmigración, de conformidad con el acervo de la UE pertinente y respetando plenamente las obligaciones internacionales de la Unión y de los Estados miembros derivadas de los instrumentos internacionales de los que son parte.
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En el marco de este objetivo político, el Fondo contribuirá a los objetivos específicos siguientes:
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reforzar y desarrollar todos los aspectos del Sistema Europeo Común de Asilo, incluida su dimensión exterior;
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reforzar y desarrollar la migración legal hacia los Estados miembros de acuerdo con sus necesidades económicas y sociales, y promover y contribuir a la integración efectiva y la inclusión social de los nacionales de terceros países;
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contribuir a la lucha contra la migración irregular, mejorando el retorno y la readmisión efectivos, seguros y dignos, así como contribuir a la reintegración inicial efectiva en terceros países y promoverla;
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potenciar la solidaridad y el reparto equitativo de la responsabilidad entre los Estados miembros, en particular respecto de los más afectados por los desafíos migratorios y de asilo, también mediante la cooperación práctica.
Presupuesto
La dotación financiera para la ejecución del Fondo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2021y el 31 de diciembre de 2027será de 9.882 millones € a precios corrientes.
2. Fondo de Seguridad Interior
Su reglamento establece el Fondo de Seguridad Interior para el período de vigencia del marco financiero plurianual 2021-2027 y:
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el objetivo político del Fondo
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los objetivos específicos del Fondo y las medidas para aplicar dichos objetivos específicos
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el presupuesto para el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027
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las formas de financiación de la Unión y las normas para la concesión de dicha financiación.
Objetivos
El Fondo tiene como objetivo político contribuir a garantizar un alto nivel de seguridad en la UE, en particular mediante la prevención y la lucha contra el terrorismo y la radicalización, la delincuencia grave y organizada y la ciberdelincuencia, mediante la asistencia y protección a las víctimas de delitos, así como mediante la preparación, protección y gestión eficaz respecto de los incidentes, riesgos y crisis relacionados con la seguridad incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento.
En el marco del objetivo político anterior, el Fondo contribuirá a los objetivos específicos siguientes:
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mejorar y facilitar el intercambio de información entre las autoridades competentes y los órganos y organismos de la Unión pertinentes y en su propio seno y, en su caso, con terceros países y organizaciones internacionales
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mejorar e intensificar la cooperación transfronteriza, incluidas las operaciones conjuntas entre las autoridades competentes en relación con el terrorismo y la delincuencia grave y organizada con una dimensión transfronteriza, y
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apoyar el refuerzo de las capacidades de los Estados miembros en relación con la prevención y la lucha contra la delincuencia, el terrorismo y la radicalización, así como la gestión de incidentes, riesgos y crisis relacionados con la seguridad, también mediante una mayor cooperación entre las autoridades públicas, los órganos y organismos de la UE pertinentes, la sociedad civil y los socios del sector privado en los diferentes Estados miembros.
Presupuesto
La dotación financiera para la ejecución del Fondo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027 será de 1.931 millones € a precios corrientes.
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