El Supremo pide al Tribunal de la UE que aclare el plazo para reclamar los gastos hipotecarios

23/07/2021

Miguel Ángel Valero. La cuestión prejudicial planteada al Tribunal de la Unión Europea (TUE) sobre el comienzo del plazo de prescripción para que los consumidores reclamen las cantidades pagadas como consecuencia de una cláusula nula sobre gastos de las hipotecas muestra las dudas sobre la compatibilidad de las normas españolas con el Derecho de la Unión Europea.

El Tribunal Supremo ha elevado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) sobre el comienzo del plazo de prescripción para que los consumidores reclamen las cantidades pagadas como consecuencia de una cláusula nula sobre gastos hipotecarios, al entender que las opciones de las que dispone suscitan dudas sobre su compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea.

Estaba previsto que el Tribunal Supremo decidiese el 23 de junio sobre cuál es el plazo para poder reclamar la devolución de los gastos hipotecarios. Este pronunciamiento hubiera permitido a los titulares de hipotecas saber el periodo de tiempo con el que cuentan para iniciar sus reclamaciones de gastos de formalización de las hipotecas.

Sin embargo, el Supremo acordó, por unanimidad, abrir el trámite de audiencia a las partes, previo al posible planteamiento de una cuestión prejudicial ante el TUE.

La Sala Primera del Tribunal Supremo decidió plantear esa cuestión prejudicial sobre el comienzo del plazo de prescripción de la acción de restitución de las cantidades pagadas por el consumidor como consecuencia de una cláusula nula sobre gastos hipotecarios.

El auto, aprobado el jueves 22 de julio y notificado un día después a las partes, pone de manifiesto que, según la «jurisprudencia constante» del TUE, los Estados miembros deben, al aplicar el Derecho de la Unión, respetar los principios de seguridad jurídica y el de protección de la confianza legítima.

El Tribunal Supremo considera que dispone de tres opciones para fijar el plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios generan dudas de compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea.

Recuerda que pronunciamientos del TJUE descartan que el inicio del plazo de prescripción de este tipo de reclamaciones sea el día de celebración del contrato o la fecha en la en que se hicieron los pagos indebidos.

Esta posición deja solamente tres opciones:

  • 1.-que el día inicial del plazo de prescripción sea el de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula
  • 2.-o que sea la fecha de las sentencias del Supremo que fijaron doctrina jurisprudencial sobre los efectos restitutorios (ener9o de 2019) o la fecha de las sentencias del TJUE que declararon que la acción de restitución podía estar sujeta a un plazo de prescripción (julio de 2020).

Para el Supremo, determinar que el día inicial del plazo de prescripción sea el de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula puede ser contrario al principio de seguridad jurídica, pues en la práctica convierte la acción de restitución en «imprescriptible», ya que en el Derecho interno la acción de nulidad no prescribe, al tratarse de una nulidad absoluta.

Además, el Supremo pone de manifiesto que el principio de seguridad jurídica se puede ver gravemente comprometido si se diera lugar a reclamaciones relativas a contratos consumados y extinguidos desde hace décadas.

Que el día inicial sea la fecha de las sentencias del Supremo que fijaron doctrina jurisprudencial sobre los efectos restitutorios (sentencias de 23 de enero de 2019) o la fecha de las sentencias del TJUE que declararon que la acción de restitución podía estar sujeta a un plazo de prescripción (sentencias TJUE de 9 de julio de 2020, Raiffeisen Bank, o de 16 de julio de 2020, Caixabank), puede  ser contrario al principio de efectividad, avisa el Supremo.

«Este criterio, que no contradice la prescriptibilidad de la acción de restitución, plantea el problema de que puede ser contrario al principio de efectividad, por ser dudoso que un consumidor medio, razonablemente atento y perspicaz, pueda ser conocedor de la jurisprudencia del Tribunal Supremo o del TUE en la materia», argumentan los magistrados de la Sala.

Son estas dudas de compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea suscitadas por ambas opciones las que han llevado al Tribunal Supremo a plantear la cuestión prejudicial al TUE.

Según la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), más de 8 millones de consumidores que pagaron gastos por su hipoteca están a la espera de conocer qué ocurre con los plazos para reclamar, de media, unos 1.500€.

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