Declarando avisa a los autónomos del impacto de la nueva Ley contra el Fraude Fiscal

26/07/2021

Marta Zaragozá (Declarando). Marta Zaragozá, CEO de la plataforma, pone en cuestión que la reducción de los pagos en efectivo de 2.500€ a 1.000 sea suficiente para terminar con la economía sumergida.

Declarando, la plataforma online de asesoramiento fiscal a autónomos, resalta, dentro de la recientemente aprobada ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal, las cuatro medidas que inciden de lleno en el colectivo de trabajadores autónomos: la prohibición de hacer pagos en efectivo por importe igual o superior a 1.000 euros; la rebaja en un 65% del régimen sancionador en caso de inspección con conformidad (hasta ahora la rebaja era del 50%); la reducción de los recargos por presentación de declaraciones y autoliquidaciones fuera de plazo, que sólo será del 1%, en vez del 5% hasta tres meses como hasta ahora; y la necesidad de informar sobre las monedas virtuales y declararlas en el modelo 720.

Como se recordará, la ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio, ha modificado diversas normas tributarias que, si bien afectan en mayor medida a las sociedades mercantiles, también tendrán su impacto directo sobre el colectivo de autónomos.

Aunque se trata de una ley que intenta potenciar o premiar a aquellos contribuyentes que quieren regularizar su situación de forma voluntaria, no se sabe qué consecuencias puede tener la reducción de los 2500€ a los 1.000€ en los pagos en metálico.

Está claro que se sigue apostando con esta medida por terminar con la economía sumergida, pero no sabemos lo que se mejoró con la prohibición anterior. Lo que sí me aventuro a decir es que, si el propósito es éste, quizás el límite de los 1.000€ tampoco es suficiente.

Con el fin de exponer el calado de las medidas incluidas en la ley que afectan a los autónomos, Declarando ofrece esta pequeña guía aclaratoria:

  • El límite de la prohibición de pagos en efectivo entre personas en las que al menos una de ellas sea empresario o profesional baja de 2.500 € a 1.000 €. Por lo tanto, quedan prohibidos los pagos en efectivo por importe igual o superior a 1.000 €.
  • En caso de inspección, el régimen sancionador se ha suavizado. Si hay acuerdo o conformidad en la liquidación propuesta por la inspección, la sanción se rebajará en un 65% en lugar de un 50% como hasta ahora. Si además se paga la sanción reducida sin dilación, ésta se reduce en un 40% en lugar del 25% como ocurría hasta la fecha. Haciendo un cálculo hipotético significa que, en caso de conformidad y pronto pago, la sanción se reduce ahora en un 79%, mientras que hasta ahora se reducía en un 62,5 %. Siendo esto una noticia favorable, nos refuerza en la idea de que solo se deben recurrir aquellas liquidaciones de las que se esté muy seguro de acabar teniendo un resultado positivo
  • Se han reducido los recargos por presentación de declaraciones y autoliquidaciones fuera de plazo. Si hasta ahora estos eran del 5% hasta 3 meses; del 10% en caso de más de 3 meses y hasta 6; del 15% entre los 6 y 12 meses, y del 20% si se superaba el año, a partir de ahora se sanciona con un 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso. Eso significa, por ejemplo, que un retraso de un solo día suponía antes un 5% y ahora solo un 1% de recargo.
  • Por último, se obliga a los autónomos y entidades residentes en España a proteger todo lo relacionado con mantener, almacenar y transferir monedas virtuales. Esto se traduce en el deber de informar sobre las monedas virtuales y declararlas en el modelo 720.

 

Marta Zaragozá, CEO de Declarando y abogada especializada en fiscalidad

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