Las empresas tendrán cinco meses para adaptar sus cuentas a la nueva normativa

30/07/2021

diarioabierto.es. El Colegio de Registradores ha habilitado un doble sistema para el cumplimiento.

Hoy, viernes 30 de julio de 2021, concluye el plazo para que las sociedades mercantiles presentes sus cuentas anuales adaptadas a las dos nuevas Órdenes que entraron en vigor el pasado martes, por las que se aprobaron los nuevos modelos para su presentación en el Registro Mercantil. En un comunicado, Consejo General de Economistas de España (CGE) explica que tras las quejas manifestadas por el propio CGE y gracias a los diferentes contactos llevados a cabo por con diversas instituciones públicas para tratar esta cuestión, el Colegio de Registradores informa de que, en principio, al haber entrado en vigor las Órdenes citadas, las cuentas anuales se deben depositar con arreglo a la nueva normativa.

No obstante, con el objeto de que se puedan conciliar la obligación en plazo del depósito y, al propio tiempo, la incorporación de las nuevas exigencias legales en tan breve periodo de tiempo, el Colegio de Registradores ha habilitado un doble sistema para el cumplimento:

  • Las sociedades mercantiles que se puedan adaptar a las nuevas exigencias sobrevenidas desde el martes pasado, podrán hacerlo de forma inmediata y digitalizada.
  • Aquellas que les resulte de difícil o imposible ejecución, podrán usar los modelos de presentación de cuentas anteriores, pero deberán subsanar en el plazo de cinco meses el defecto que les será advertido, con el fin que en el indicado plazo aporten el resto de la documentación ahora exigida desde el 27 de julio.

Imagen: Karolina Grabowska (obtenida en pexels.com y modificada).

El Colegio de Registradores ofrecerá mayor información sobre la forma de subsanar los posibles defectos advertidos, como consecuencia del uso de los modelos anteriores a la nueva normativa. De momento, ha habilitado un banner específico con mayor información e hipervínculos a los documentos necesarios.

Más información
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