Así lo decidió el Consejo del supervisor el pasado 29 de julio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ley del Mercado de Valores, una decisión que entra el 5 de agosto en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esta delegación se une a la ya existente en Barcelona. Entre sus competencias está la de colaborar en la supervisión de empresas de servicios de inversión, instituciones de inversión colectiva y entidades de capital de riesgo, así como en la tramitación de los expedientes de registro de entidades y los de inscripción de folletos de emisión de valores.
A estas funciones se suma la competencia de informar a las entidades, instituciones, empresas o inversores sobre los asuntos relacionados con el mercado de valores.
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