Europa cambia la notificación de medidas macroprudenciales nacionales

27/08/2021

diarioabierto.es. La Junta Europea de Riesgo Sistémico aclara medidas que, a lo largo del tiempo, han demostrado ser poco claras y están sujetas a interpretaciones diversas, o que se han visto poco prácticas o excesivamente gravosas. // Decisión de la Junta Europea de Riesgo Sistémico

El DOUE de 27 de agosto publica la Decisión de la Junta Europea de Riesgo Sistémico, de 6 de agosto de 2021, por la que se modifica la Decisión JERS/2015/4 sobre un marco de coordinación para la notificación de medidas macroprudenciales nacionales por parte de las autoridades pertinentes y la emisión de dictámenes y recomendaciones por la JERS, y por la que se revoca la Decisión JERS/2014/2 (JERS/2021/7).

La Decisión JERS/2015/4 estableció un marco de coordinación para la notificación de medidas macroprudenciales nacionales por parte de las autoridades pertinentes y para la emisión de dictámenes y recomendaciones de la JERS. Se trata de tareas encomendadas por el Derecho de la UE, en particular la Directiva 2013/36/UE (CRD IV) y el Reglamento 575/2013 (CRR), y/o que proceden del Reglamento 1092/2010, relativo a la supervisión macroprudencial del sistema financiero en la UE y por el que se crea una Junta Europea de Riesgo Sistémico.

El Reglamento 2019/876 y la Directiva 2019/878 modificaron CRR y CRD IV, respectivamente. Algunas de las modificaciones introducidas deben reflejarse en la Decisión JERS/2015/4 mediante la modificación de las disposiciones relativas a la emisión de dictámenes y recomendaciones.

Las disposiciones sobre la composición del Equipo de Evaluación están vinculadas con las disposiciones pertinentes del Reglamento 1092/2010 sobre la composición de la Junta General y del Comité Director de la JERS. Resulta necesario alinear tales disposiciones con los cambios institucionales recientes introducidos por el Reglamento 2019/2176, por el que se modifica el Reglamento 1092/2010, relativos a la composición de la Junta General y a la unión bancaria.

Además, la Decisión tiene por objeto abordar cuestiones planteadas en relación con las disposiciones de la Decisión JERS/2015/4 que, a lo largo del tiempo, han demostrado ser poco claras y, por consiguiente, están sujetas a interpretaciones diversas, o que se han visto poco prácticas o excesivamente gravosas, incluidas las disposiciones sobre el procedimiento que el Equipo de Evaluación debe seguir al elaborar dictámenes.

La Decisión, que entró en vigor el 6 de agosto, introduce cinco modificaciones en la original, entre las que destacamos la nueva redacción de los siguientes arts.:

  • –       4: Dictámenes y recomendaciones de la JERS sobre medidas macroprudenciales nacionales
  • –       5: Recomendaciones de la JERS sobre la reciprocidad de las medidas macroprudenciales
  • –       7: Equipo de Evaluación.

 

 

 

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.