Coutot-Roehrig explica cómo afecta a las herencias la supresión del artículo 28 de la Ley Hipotecaria

07/09/2021

diarioabierto.es. Cada año más de 100 millones€ se quedan sin adjudicar a sus herederos legítimos en España, más de 1.000 millones en Europa, al no conocerse los beneficiarios.

Estos días entra en vigor la supresión del artículo 28 de la Ley Hipotecaria, aprobado en 1946 y según el cual “las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante”. Es decir que, durante un plazo de dos años, los bienes de un fallecido sin herederos forzosos no tenían efecto en el Registro por lo que, si alguien fallecía sin descendientes directos y su vivienda pasaba a indirectos (hermanos, primos, etc.), dicha vivienda no era enteramente de su propiedad hasta transcurridos 24 meses, pudiendo tener derecho sobre la misma eventuales hijos ilegítimos.

Según los expertos de Coutot-Roehrig, único operador de genealogía sucesoria certificado que opera en España, se trata de situaciones más habituales de lo que se podría pensar, pues a raíz de las fuertes olas migratorias internas y externas que ha experimentado el país, en el transcurso del pasado siglo, no son pocos los casos de descendencia ilegítima o incluso casos de bigamia.

Quiénes son los genealogistas sucesorios

La figura del buscador de herederos -propiamente llamado genealogista sucesorio- nace en París en 1894 de la mano de Coutot-Roehrig, que hoy ostenta el liderazgo en la localización de herederos a nivel mundial, con presencia capilar en todo el mundo.

La misión del genealogista es la búsqueda de los herederos –estén donde estén- hasta la liquidación de la herencia, siempre a partir de información proporcionada por un profesional (abogados, administradores de fincas, administraciones públicas, notarios…), y siempre que haya una prueba objetiva de fallecimiento. Su metodología incluye conocimientos jurídicos y, sobre todo, grandes dotes detectivescas para rastrear datos y seguir pistas.

En la mayoría de los casos de herencias que se pierden en subastas públicas por falta de un sucesor, la causa es una falta de infraestructura por parte de administraciones públicas, lastradas por lógicas limitaciones territoriales y recortes; o la falta de metodología y capital de pequeños despachos de abogados cuyo alcance geográfico y bases de datos son limitados y que carecen de formación específica.

100 millones al año, sin adjudicar

Se calcula que, anualmente, más de 100 millones de euros se quedan sin adjudicar a sus herederos legítimos en nuestro país, una cifra que en toda Europa podría alcanzar más de 1.000 millones de euros. Propiedades inmobiliarias, sobre todo, van a parar al Estado al no conocerse los beneficiarios.

Según datos del Consejo General del Notariado, un 40% de los españoles fallece sin haber otorgado testamento y, del total de estas herencias, denominadas ab intestato, el testamento acabará siendo nulo o ineficaz al no conocerse los herederos legítimos en un porcentaje estimado entre el 10% y el 15% de los casos.

A estas masas hereditarias, que provienen de fallecimientos de españoles y extranjeros en nuestro país, hay que sumar las de españoles residentes en el extranjero y las de las generaciones posteriores, nacidas en el extranjero, que ahí fallecen y cuyos padres o abuelos eran naturales de España. Sumando todo esto, el valor en conjunto de las herencias sube sensiblemente y, con él, la dificultad para hallar a las personas que legítimamente tienen derecho a su propiedad.

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