
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha corregido el defecto de forma por el que la Sala de lo Penal reabrió la querella presentada por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (ASADEDH) contra el líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, por presuntos delitos de genocidio.
En un auto, el responsable del Juzgado Central de Instrucción Número 5 ha acordado transformar las presentes diligencias previas desde el procedimiento abreviado al de sumario ordinario, siguiendo así las indicaciones de la Sala de lo Penal.
Los magistrados explicaron que los delitos señalados por ASADEDH –genocidio en concurso con delitos asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones– «se encuentran castigados con penas que superan el límite objetivo del procedimiento abreviado».
Este error procesal les llevó a revocar el archivo de las pesquisas respecto a Ghali dictado por Pedraz el pasado 29 de julio, ya que en el procedimiento sumario ordinario tal decisión corresponde a la Sala de lo Penal, no al juez instructor.
«Todo ello sin necesidad de analizar si los hechos podrían constituir el delito de genocidio regulado en el artículo 607 del Código Penal actual o señalando la existencia de contradicciones o insuficiencia de detalles en los relatos de los testigos», aclararon los magistrados.
En este sentido, la Sala de lo Penal apuntó que debía acomodarse el procedimiento para que, posteriormente, «con libertad de criterio, se dicten las decisiones oportunas respecto a la conclusión del sumario con o sin procesamiento de Brahim Ghali».
ASADEDH se querelló contra más de una veintena de agentes del Frente Polisario y de la seguridad argelina a los que culpa de cometer graves violaciones de los Derechos Humanos en los campamentos de refugiados saharauis ubicados en Tinduf (Argelia) en un periodo temporal que iría de 1975 a 1990. En concreto, denunció una «limpieza étnica» contra las minorías tekna, aitusa, yegutt y contra los pobladores del ex Sáhara español.
Pedraz archivó la querella para Ghali al observar una «manifiesta insuficiencia» de indicios que apunten a que participó en los presuntos abusos, «contradicciones» en el relato de los denunciantes y falta de concreción en lo testimonios escuchados sobre la supuesta implicación del líder saharaui en los hechos.
Además, el magistrado entiende que la responsabilidad penal por estos presuntos delitos ha expirado porque el Código Penal (CP) aplicable es el de 1973, que establece un plazo de prescripción de 20 años, ampliamente superado.
Incluso si se aplicara el actual CP, razonó, «las conductas expuestas en la querella no integran todos los elementos del delito de genocidio», por cuanto no observa la «intención conjunta» de los acusados de «destruir total o parcialmente el propio grupo nacional al que pertenecen», aduciendo asimismo que «no hay rastros de esos subgrupos» en los que los querellantes dividen al pueblo saharaui según su localización geográfica.
La de ASADEDH no es la única querella contra Ghali en la Audiencia Nacional. Pedraz tiene entre manos otra presentada por el activista saharaui de nacionalidad española Fadel Breica por las torturas que habría sufrido en los campamentos de Tinduf en 2019.
De acuerdo con Breica, al llegar allí agentes del Frente Polisario le amenazaron para que se fuera pero, lejos de hacerlo, organizó protestas, siendo arrestado y trasladado a centros de detención clandestinos donde habría sufrido golpes y descargas eléctricas, entre otras prácticas.
Esta segunda querella estaba a la espera de un último testigo, un hombre que habría estado detenido en la misma cárcel que Breica y que podría dar cuenta de las presuntas violaciones de los Derechos Humanos por las que se investiga al Frente Polisario.
Debía haber declarado el 29 de junio, pero tuvo que aplazarse al 27 de julio por problemas en la obtención del visado para venir a España. A día de hoy estos problemas persisten, por lo que Pedraz ha suspendido la testifical y sopesa el archivo de la querella y el cierre de la causa.
Por otro lado, el titular del Juzgado de Instrucción Número 7 de Zaragoza, Rafael Lasala, estudia si hubo delito de prevaricación en la entrada y salida de Ghali de España. El magistrado ha citado para el próximo 4 de octubre a la ex ministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya para que declare en calidad de imputada.
Las acusaciones contra el presidente de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD) cobraron impulso cuando se supo que estaba en España, específicamente en el Hospital de San Millán-San Pedro (Logroño), donde fue ingresado el 18 de abril con un cuadro grave por complicaciones derivadas del coronavirus.
Ghali compareció el 1 de junio ante Pedraz por videoconferencia desde el centro sanitario, negando cualquier implicación en dichas violaciones de los Derechos Humanos. Su defensa ha esgrimido en sucesivos escritos que se trata de una causa política para minar las aspiraciones de autodeterminación del pueblo saharaui.
Tras escuchar al líder del Frente Polisario, Pedraz acordó dejarlo libre sin medidas cautelares al no ver indicios de delito en su contra. Pocas horas después, en la madrugada del 2 de junio, regresaba a Argelia en un avión medicalizado.
González Laya debe comparecer presencialmente, no por videoconferencia
El titular del Juzgado de Instrucción Número 7 de Zaragoza, Rafael Lasala, ha desestimado la solicitud de la Abogacía del Estado de que la exministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya declare como investigada por vía videoconferencia en la causa en la que se investiga la entrada y salida en España del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali.
El magistrado ha acordado que González Laya deberá acudir presencialmente al juzgado para comparecer en el marco de los interrogatorios que se están desarrollando en la investigación.
La citación de la exministra tiene lugar a raíz de la petición realizada el pasado 14 de septiembre por el abogado Juan Carlos Navarro, y a la que se adhirió la otra acusación, dirigida por Antonio Urdiales.
Hasta ahora, el magistrado ha escuchado al exjefe de gabinete de Exteriores Camilo Villarino, quien ha comparecido en calidad de investigado, también bajo la representación legal de la Abogacía del Estado. En su declaración señaló a la exministra y a la que fuera directora del gabinete de Carmen Calvo cuando era vicepresidenta primera del Gobierno como conocedoras de la entrada de Ghali.
A raíz de tales afirmaciones, las acusaciones han pedido incluir en el procedimiento las testificales de la exvicepresidenta primera y su directora de gabinete, así como a la jefa de gabinete del ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska.
El magistrado ha citado a comparecer –como testigos y por videoconferencia– a la exjefa de gabinete de Calvo y actual directora general de la Fábrica Nacional de Moneda, María Isabel Valldecabres, y a la directora del gabinete del Ministro de Interior, Susana Crisóstomo. Ambas deberán responder ante el juez el 18 de octubre.
La serie de testificales se suman a los informes que a lo largo de la investigación el juez ha reclamado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Pese a que la Comisaría General de Información de la Policía Nacional identificó cuatro documentos de identidad relativos a Ghali que según concluye obtuvo «legalmente» y «sin que se aprecien indicios de fraude o engaño», la Jefatura Superior de Policía de Navarra informó que el líder polisario salió del aeropuerto de Pamplona-Noain con destino a Argelia sin pasaporte ni documentación que acreditara su identidad.
El instructor ordenó a la oficina Sirene España y a la Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad que informasen si cualquiera de los Estados miembros de la zona Schengen habían librado orden europea de detención o de «mera localización a fin de comparecer ante una autoridad judicial» sobre Brahim Ghali a la fecha en la que entró al territorio español.
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