¿Por qué la SEPI solo puede estar en Madrid?

15/10/2021

Hernando F. Calleja.

En la defectuosa España de las autonomías que nos hemos dado no hay asunto público que no se mire con lupa por si la solución buscada esconde algún privilegio o algún agravio para cualquiera de nuestras demarcaciones  autonómicas. Da lo mismo que sean las inversiones de los presupuestos que las transferencias en distintas materias; el trazado de una infraestructura que la celebración de un acontecimiento importante. El caso es que se prefiere el  recuelo de café para todos a que alguno disfrute de un buena taza de café.

El presidente del Gobierno, de manera poco inteligente y poco política, a mi modo de ver, ha planteado, sin embargo, una idea sugestiva sobre la redistribución de algunas instituciones y dependencias públicas por todo el territorio nacional. Inmediatamente, la inefable presidenta de la Comunidad de Madrid ha visto en ello una agresión a la capitalidad, constitucionalmente proclamada, de la villa de Madrid.

No sé si en la intención del señor Sánchez está zaherir con ello a la señora Ayuso, y no me parecería elegante, si así fuese. Pero la idea  creo que es buena y merece traspasar el telón de las intenciones y hacer un planteamiento serio. El Artículo 5 de la Constitución vigente es lacónico y claro. “La capital del Estado es la villa de Madrid”. Ello presupone que las altas instituciones del Estado tengan su residencia permanente en Madrid. Estamos hablando de la Corona, del Consejo de Ministros, de las dos Cámaras nacionales, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo y poco más. Lo que define una capitalidad.

Hay multitud de dependencias administrativas que bien pueden desarrollar su actividad en provincias (dicho sea sin el menor ánimo despectivo) y sin que  sea disfuncional o falto de control, con las capacidades tecnológicas actuales. No digamos organismos, empresas públicas y otras de las múltiples ramificaciones del espeso entramado gubernamental.

Desde el principio del proceso autonómico he pensado y vengo diciendo que el Estado no puede renunciar a estar presente en todo el territorio nacional, sin perjuicio de que esa presencia no suponga limitación o tutela impropia de los respectivos gobiernos autonómicos y de las máximas competencias que les confieran sus estatutos.

Vivimos en un país con una irregular distribución de la población y, por ende, de la riqueza. La presencia funcionarial, entendiendo por este término de los trabajadores adscritos a dependencias estatales de cualquier tipo, produciría un efecto equilibrador indudable, constituiría un factor de vertebración y hasta facilitaría un sentimiento de pertenencia que ahora está en franca regresión por la exacerbación de nuevos nacionalismos de campanario, que fomentan, las más de las veces, centralismos autonómicos tan rigurosos o más que los del Estado.

¿Acaso hay alguien que considere que la SEPI, por poner un ejemplo, no puede estar más que en la calle de Velázquez de Madrid?

 

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