La Comisión Europea adopta medidas de inclusión del programa Erasmus+

26/10/2021

diarioabierto.es. El objetivo es facilitar el acceso de las personas con menos oportunidades, como es el caso de las personas con discapacidad, al programa Erasmus+ y al programa del Cuerpo Europeo de Solidaridad. // Decisión de Ejecución (UE) 2021/1877

El DOUE de 26 de octubre publica la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1877 de la Comisión, de 22 de octubre de 2021, relativa al marco de medidas de inclusión del programa Erasmus+ y del programa del Cuerpo Europeo de Solidaridad 2021-2027.

Esta decisión, que entra en vigor a los veinte días de su publicación, establece un marco de medidas de inclusión destinado al programa Erasmus+ y al programa del Cuerpo Europeo de Solidaridad (CES) para el período del marco financiero plurianual 2021-2027. Establece los objetivos del marco y las acciones y mecanismos que deben implementarse.

Objetivos del marco de medidas de inclusión

El objetivo general del marco de medidas de inclusión es facilitar el acceso de las personas con menos oportunidades, como es el caso de las personas con discapacidad, al programa Erasmus+ y al programa del CES, garantizar el establecimiento de medidas para eliminar los posibles obstáculos a ese acceso y servir de base para nuevas orientaciones de ejecución como las establecidas en el anexo de la decisión. Partiendo del principio de que los Programas deben ser accesibles para todos, independientemente de las barreras a las que puedan enfrentarse las personas, el objetivo es no dejar a nadie atrás y contribuir a que las sociedades sean más inclusivas.

El marco de medidas de inclusión tiene cuatro objetivos específicos:

  • integrar la inclusión y la diversidad como prioridad transversal y principio rector;

  • garantizar la oferta de elementos y mecanismos inclusivos en el diseño de los Programas y en el presupuesto asignado a sus acciones, y que se tenga en cuenta la perspectiva de inclusión y diversidad en todas las fases de la gestión de los Programas;

  • establecer un concepto común sobre quiénes son las personas que pueden considerarse con menos oportunidades, y fomentar un enfoque positivo de la diversidad;

  • ayudar a las organizaciones beneficiarias a elaborar proyectos de más calidad que aborden la inclusión y la diversidad, y a diseñar y ejecutar los proyectos de manera más inclusiva y diversa.

En el anexo mencionado figura una lista no exhaustiva de las acciones que la Comisión Europea ha adoptado y adoptará para proporcionar orientaciones sobre la ejecución de medidas de inclusión en el programa Erasmus+ y el programa del CES.

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