El DOUE de 9 de noviembre publica sendas comunicaciones de aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión, para los vinos de:
Castilla
Los cambios de estos vinos afectan a:
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La adaptación a la reglamentación vigente de la terminología de los parámetros analíticos de azúcar residual y acidez volátil
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La actualización de las referencias normativas
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La inclusión de nuevas variedades: blancas: Alarije, Albarín Blanco, Albariño, Albillo Dorado, Colombard, Garnacha Blanca, Montúa/ Chelva, Palomino, Pardina/Jaén Blanco y Planta Nova/Tardana, y tintas: Garnacha Peluda, Marselan, Moribel, Touriga Nacional y Tinto Fragoso
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La incorporación de la posibilidad de utilizar en el etiquetado el nombre de una unidad geográfica menor: Campo de Calatrava.
Ribera del Júcar
Los cambios de estos vinos se refieren a:
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La eliminación del grado alcohólico adquirido máximo en las características de los vinos
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La reducción de la acidez total mínima en las características de los vinos
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La adaptación a la reglamentación vigente de la terminología de los parámetros analíticos de azúcar residual y acidez volátil
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La inclusión de nuevas variedades: Pardillo/Marisancho y Chardonnay, y tintas Garnacha tinta, Garnacha Tintorera y Monastrell
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La incorporación de la utilización de la unidad geográfica más amplia que la zona de producción: Cuenca
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La actualización de la referencia normativa y los organismos de certificación autorizados.
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