La Comisión Europea modifica el certificado COVID digital

18/11/2021

diarioabierto.es. Los certificados de vacunación expedidos en relación con las dosis adicionales administradas después de la pauta estándar de primovacunación deben indicar el número de dosis administradas al titular, así como el número total de dosis dentro de la serie, contando las dosis de la primovacunación, así como cualquier dosis adicional. // Decisión de Ejecución (UE) 2021/2014

El DOUE de 18 de noviembre publica la Decisión de Ejecución (UE) 2021/2014 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2021, que modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1073 de la Comisión por la que se establecen especificaciones técnicas y normas relativas a la aplicación del marco de confianza para el certificado COVID digital de la UE establecido por el Reglamento (UE) 2021/953 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Esta decisión, que entra en vigor el día de su publicación, implica, con respecto a la original, la sustitución de un art. y la incorporación de dos nuevos, así como el reemplazo de un anexo, la modificación de otro y la adicción de uno nuevo. Este comentario se basa en la exposición de motivos de la nueva decisión.

El propósito del certificado COVID digital de la UE es acreditar que una persona ha recibido una vacuna contra la COVID-19, un resultado negativo de una prueba diagnóstica o se ha recuperado de la infección, con el fin de facilitar el ejercicio, por parte de los titulares, de su derecho a la libre circulación durante la pandemia de COVID-19.

Para que el certificado COVID digital de la UE funcione en toda la Unión, la Comisión Europea adoptó la Decisión de Ejecución 2021/1073 por la que se establecen especificaciones técnicas y normas que permitan cumplimentar, expedir y verificar de forma segura los certificados COVID digitales, garantizar la protección de los datos personales, establecer una estructura común del identificador único del certificado y expedir un código de barras válido, seguro e interoperable.

Dosis adicionales

Muchos Estados miembros ya han anunciado o han empezado a administrar dosis de la vacuna contra la COVID-19 adicionales a la pauta estándar de primovacunación, la pauta de vacunación destinada a proporcionar una protección suficiente en una fase inicial, en particular a las personas que puedan no haber respondido adecuadamente a dicha pauta, y están considerando administrar dosis de refuerzo para las personas que respondieron adecuadamente a la primovacunación.

Para evitar enfoques divergentes, confusos o técnicamente incompatibles entre los Estados miembros, es necesario adoptar normas uniformes sobre la cumplimentación de los certificados de vacunación expedidos tras la administración de dichas dosis adicionales.

Debe expedirse un certificado de vacunación después de la administración de cada dosis en el que se debe indicar claramente si se ha completado o no el ciclo de vacunación y debe contener el número de dosis administradas al titular.

Los certificados de vacunación expedidos en relación con las dosis adicionales administradas después de la pauta estándar de primovacunación deben indicar el número de dosis administradas al titular, así como el número total de dosis dentro de la serie, contando las dosis de la primovacunación, así como cualquier dosis adicional.

Grupos vulnerables

Debe prestarse especial atención a la situación de los grupos vulnerables que pueden recibir dosis adicionales con carácter prioritario. Mientras solo se administre dosis adicionales a un subgrupo específico de la población, no debe exigirse a las personas pertenecientes al mismo que presenten el certificado que acredita la administración de una dosis adicional cuando ejerzan su derecho a la libre circulación durante la pandemia de COVID-19, pero deberían poder utilizar en el lugar y momento pertinentes el certificado recibido tras completar la pauta de la primovacunación.

Es importante que los certificados de vacunación expedidos a personas pertenecientes a dichos grupos tras la administración de dosis adicionales también reflejen correctamente el número de dosis que se les han administrado. No dar a los grupos vulnerables la posibilidad de obtener certificados de vacunación tras la administración de una dosis adicional exigiría por su parte la realización de nuevos trámites administrativos para obtenerlos cuando cobren mayor importancia para garantizar su libertad de circulación y, por lo tanto, podría ocasionar obstáculos de cara a dicha libertad de circulación.

Normas de cumplimentación

Deben clarificarse en mayor medida las normas para la cumplimentación del certificado COVID digital de la UE. Los conjuntos de valores específicos que apliquen las normas de codificación establecidas deben ponerse a disposición del público.

A fin de garantizar la interoperabilidad del certificado COVID digital de la UE, debe definirse una estructura de datos común y coordinada en relación con los datos que deben incluirse en los certificados mediante el uso de un sistema JSON (JavaScript Object Notation, «notación de objetos en JavaScript»).

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