Europa abre la puerta a reclamar la plusvalía municipal al cuestionar el régimen de responsabilidad del Estado

10/12/2021

diarioabierto.es. El abogado general de la Unión Europea, Maciej Szpunar, considera que España restringe el derecho de sus ciudadanos a pedir indemnizaciones al Estado.

El abogado general de la UE, Maciej Szpunar, cuestiona el régimen de responsabilidad patrimonial del Estado español, derivado de la Ley de 2015 sobre el régimen jurídico del sector público. Esta posición, si es asumida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE)  abre la puerta a reclamaciones de las liquidaciones de la plusvalía municipal. El Tribunal Constitucional español declaró nulo ese impuesto, pero en su sentencia impide reclamar las liquidaciones ya emitidas y que no estén recurridas.

Ahora se abre la posibilidad de que los contribuyentes afectados por estas liquidaciones de la plusvalía municipal, declaradas nulas, puedan reclamar al Estado español una indemnización.

Szpunar considera que España restringe el derecho de sus ciudadanos a pedir indemnizaciones al Estado tras la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló dicho impuesto. Por tanto, insta a los jueces del TUE a declarar ilegal el régimen español de responsabilidad del Estado por violar el principio de efectividad, que establece que no pueden articularse requisitos legislativos de manera que «imposibiliten o dificulten excesivamente» en la práctica obtener una indemnización.

También defiende que los recursos que pueden presentar los ciudadanos no tienen por objeto indemnizar los daños causados por el Estado legislador por una infracción del Derecho de la Unión, sino únicamente permitir que se indemnicen los daños causados como consecuencia de actos adoptados por la Administración sobre la base de una ley incompatible con el Derecho de la Unión.

El requisito exigido por la norma española, en virtud del cual antes de poder interponer el recurso el particular debe haber obtenido ante cualquier instancia una sentencia firme denegatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, es «absoluto» y, en consecuencia, «contrario al principio de efectividad», en la medida en que no prevé ninguna excepción para aquellos casos en los que el ejercicio de una vía de recurso previa puede plantear dificultades excesivas, «en particular cuando el daño es ocasionado directamente por la ley».

En la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) interpretan esa posición del abogado general de la UE como el primer paso para «tumbar» desde Europa la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la plusvalía municipal, ya que generalmente el TUE asume sus postulados.

El Constitucional español considera que no se pueden reclamar las resoluciones en los tribunales que hayan sido firmes, pero tampoco las resoluciones administrativas consolidadas, y a las liquidaciones, provisionales o definitivas, que no hayan sido impugnadas a la fecha de la sentencia, así como a las autoliquidaciones
cuya rectificación no haya sido solicitada a dicha fecha.

«El objetivo fue claro: evitar la avalancha de reclamaciones justas de personas que han pagado una plusvalía siguiendo una metodología de cálculo errónea que no sabían que era reclamable y que ahora el Tribunal Constitucional pretende cerrarles todas las puertas», denuncia Asufin.

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