El DOUE de 29 de diciembre publica:
- Orientación (UE) 2021/2322 del Banco Central Europeo, de 17 de diciembre de 2021, por la que se modifica la Orientación (UE) 2015/280 sobre el establecimiento del Sistema de Producción y Adquisición del Eurosistema (SPAE) (BCE/2021/56). El SPAE se refiere a los billetes en euros
- Decisión (UE) 2021/2321 del Banco Central Europeo, de 10 de diciembre de 2021, sobre la delegación de las decisiones de expedición de salvoconductos de la Unión para los solicitantes sujetos a la autoridad del Banco Central Europeo (BCE/2021/55).
Orientación
Entra en vigor el día de su notificación a los bancos centrales nacionales (BCN) de los Estados miembros cuya moneda es el euro, a los que va dirigida. Introduce tres modificaciones en la orientación original.
Conviene tener en cuenta estas definiciones de la orientación original, la primera de ellas modificada por la nueva:
- principio de plena competencia: disposiciones internas efectivas que garanticen la plena separación entre las cuentas de una imprenta pública y las de su autoridad pública, y el reembolso por la imprenta pública de los costes de todo el apoyo administrativo y de organización que reciba de su autoridad pública
- imprenta interna: toda imprenta que:
- 1.-forme parte de un BCN desde el punto de vista jurídico y organizativo, o
- 2.-sea una persona jurídica separada, pero cumpla todas las condiciones siguientes:
- que el BCN o los BCN ejerzan sobre ella un control análogo al que ejercen sobre sus propios departamentos
- que más del 80% de las actividades de la persona jurídica controlada consistan en desempeñar las tareas encomendadas por el BCN o los BCN que la controlan, y
- que no exista participación privada directa en la persona jurídica controlada
- imprenta pública: toda imprenta en la que una autoridad pública pueda ejercer directa o indirectamente una influencia dominante por ser propietaria de ella, por participar financieramente en ella o por razón de las normas que la rijan. La influencia dominante de una autoridad pública se presumirá cuando esta, directa o indirectamente:
- posea la mayoría del capital suscrito de la imprenta
- controle la mayoría de los votos vinculados a las acciones emitidas por la imprenta, o
- pueda nombrar a más de la mitad de los miembros del órgano administrativo, gestor o supervisor de la imprenta.
Principios
Conforme al principio de plena competencia, la Orientación 2015/280 exige disposiciones internas efectivas que garanticen la plena separación entre las cuentas de una imprenta pública y las de su autoridad pública, y el reembolso por la imprenta pública de los costes de todo el apoyo administrativo y de organización que reciba de su autoridad pública. Es necesario detallar las exigencias del principio de plena competencia para asegurar que la imprenta pública tenga que demostrar que ha puesto en práctica dicho principio antes de participar en el procedimiento de licitación de un BCN del grupo de BCN adquirentes, formado por los que no tengan imprenta interna.
La Orientación 2015/280 faculta a los BCN del grupo con imprenta interna para establecer una colaboración horizontal no institucionalizada a fin de desempeñar conjuntamente tareas públicas. El BCN que cierre su imprenta puede seguir en el grupo con imprenta interna a través de la participación en esa colaboración horizontal y si cumple los requisitos pertinentes. Por tanto, el BCN que cierre su imprenta puede optar por formar parte del grupo de BCN adquirentes o por participar en la colaboración horizontal.
Para facilitar la transición a los BCN que cierren sus imprentas, debe permitírseles cambiar de una de las opciones disponibles a la otra (modelo basado en dos pilares) durante un período transitorio de cinco años, antes de que tomen una decisión definitiva. A fin de velar por la igualdad de condiciones de los BCN, el BCN del grupo con imprenta interna que haya cerrado su imprenta también debe poder cambiar de una opción disponible a la otra durante un período transitorio de cinco años, siempre que se haya notificado la revocación de la acreditación de su imprenta interna después del 1 de noviembre de 2019. El período transitorio debe comenzar retroactivamente desde la fecha de la notificación.
Para facilitar la participación en la colaboración entre los BCN del grupo con imprenta interna, los BCN de los Estados miembros que se incorporen próximamente a la zona del euro podrán optar por formar parte del grupo de BCN adquirentes o por participar en la colaboración horizontal
En los casos de urgencia que determine el Consejo de Gobierno, podrá concederse mayor flexibilidad para aplicar el modelo basado en dos pilares.
Decisión
Con entrada en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación, la presidenta delega en el director general de Servicios (DGS) la facultad de expedir salvoconductos de la Unión para solicitantes del BCE. Se entiende por salvoconducto de la Unión un documento seguro de viaje conforme a lo dispuesto en el Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea.
La presidenta autoriza al DGS a subdelegar la facultad de expedir salvoconductos de la UE para solicitantes del BCE en el director general de Servicios Corporativos y, si este no estuviera disponible, en la directora de Administración.
Las decisiones de expedición de salvoconductos de la UE para solicitantes del BCE solo se tomarán por delegación o subdelegación si se cumplen los criterios que se señalan en el artículo 3 de la decisión.
El director general de Servicios Corporativos informará anualmente a la presidenta de las decisiones tomadas en virtud de esta delegación.
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