Competencia confirma el cumplimiento de financiación obligatoria de cine y series en 2020 por parte de las TV españolas

14/01/2022

diarioabierto.es. Además, en 2021 se ha llevado a cabo un análisis exhaustivo sobre el cumplimiento de esta obligación por parte de todos los prestadores establecidos en España, a través de la petición a 74 agentes.

La mayoría de los prestadores de servicio audiovisual en televisión en España han cumplido con la obligación de financiar películas y series europeas en el ejercicio 2017, según la auditoría elaborada por la CNMC (Comisión Nacional de Mercados y Competencia).

En total, quince han superado la obligación de dedicar el 5% de sus ingresos a la producción de obras audiovisuales: CRTVE, Multicanal, Mediaset, Telefónica, Euskaltel/R-Cable/Telecable, Orange, Filmin, Rakuten, NBC Universal, Net TV, The Walt Disney Company Iberia, Cosmopolitan, Sony, Lomatena Investments y Viacom.

Mientras, hay excepciones en el cumplimiento total como con Veo TV, que supera las diferentes obligaciones a excepción de la financiación anticipada de obra europea, en la que registra «un pequeño déficit» (después de compensarse con el excedente de 2019).

Asimismo, Atresmedia supera las diferentes obligaciones a excepción de la financiación anticipada de películas cinematográficas en 2020 y Cineclick ha solicitado transferir su obligación del ejercicio 2020 al siguiente ejercicio y, por tanto, acumula la cantidad para 2021.

The History Channel no ha superado la obligación del 5%. La CNMC ha recordado que 13TV y Ten Media no han emitido obras audiovisuales con antigüedad inferior a siete años durante 2020 y, por ello, no son prestadores sujetos a la obligación de financiación de obra europea en este ejercicio 2020.

La Ley General de Comunicación Audiovisual obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual, a los operadores de telecomunicaciones que también difundan canales de televisión y a los prestadores de servicio de catálogo de programas, a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas: películas para el cine y la televisión, series, documentales y películas y series de animación.

En el caso de que la empresa sea de titularidad pública, este porcentaje aumenta hasta el 6%. El 60% de la financiación debe destinarse a la producción de películas de cine, a su vez, el 60% de dicho porcentaje a obras en alguna de las lenguas cooficiales de España y, a su vez, el 50% de dicho porcentaje a obras cinematográficas de productores independientes.

En el caso de que la empresa sea de titularidad pública, estos porcentajes se sitúan en el 75%, 60% y 50% respectivamente.

Avance 2021

Además, en 2021 se ha llevado a cabo un análisis exhaustivo sobre el cumplimiento de esta obligación por parte de todos los prestadores establecidos en España, a través de la petición a 74 agentes.

Hasta el momento, tras esta petición, se ha abierto expediente a tres nuevos sujetos obligados, se han cursado 28 resoluciones determinando que el agente no estaba sujeto, cinco más que constataron una obligación de inversión de 0 euros y se incoaron 10 procedimientos sancionadores.

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