El DOUE de 18 de enero publica la Orientación (UE) 2022/67 del Banco Central Europeo, de 6 de enero de 2022, por la que se modifica la Orientación (UE) 2021/830 sobre las estadísticas de las partidas del balance y las estadísticas de tipos de interés de las instituciones financieras monetarias (BCE/2022/1).
Dirigida a los bancos centrales del Eurosistema, entra en vigor el día de su notificación a los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro. Estos y el Banco Central Europeo la aplicarán desde el 1 de febrero de 2022.
La Orientación 2021/830 faculta a los bancos centrales nacionales (BCN) para conceder exenciones a los agentes informadores respecto a ciertos indicadores que se refieren a la información que debe presentarse sobre las estadísticas de tipos de interés de las instituciones financieras monetarias.
Es necesario que la Orientación 2021/830 sea más precisa al referirse a la población informadora de referencia y a las condiciones en las que el Comité Ejecutivo puede ejercer su facultad delegada de conceder o revocar la autorización para aplicar el umbral de exención de las entidades de crédito con activos totales iguales o inferiores a 100 millones €, cuando el Consejo de Gobierno del BCE haya concedido autorización al BCN pertinente.