Técnicos de Hacienda y asesores fiscales coinciden en que la sentencia es «demoledora»

27/01/2022

diarioabierto.es. La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, anuncia que el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero se corregirá "con la mayor celeridad".

El colectivo de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) culpa al Ministerio de Hacienda del «varapalo» del Tribunal Europeo de Justicia sobre el modelo 720 de declaraciones de bienes en el extranjero por no haber modificado antes el mismo, a pesar de las advertencias lanzadas desde 2018 por esta asociación.

El momento adecuado para abordar esa modificación será antes de que se regule reglamentariamente la nueva obligación de declarar las criptodivisas situadas en servidores del extranjero, que se ha aprobado en la ley de prevención del fraude de julio de 2021.

Recuerda que fue Cristóbal Montoro quien aprobó, como ministro de Hacienda, la declaración de bienes en el extranjero el 31 de octubre de 2012, para mejorar los pobres resultados de la amnistía fiscal decretada por el PP, apenas un mes de que expirara el plazo para acogerse a ella.

Desde el primer momento, Gestha se posicionó en contra tanto de la amnistía fiscal como de las «duras» consecuencias del incumplimiento de la obligación de presentación del modelo 720. Así, recuerda la sanción máxima del 150% de la cuota no pagada como una infracción tributaria muy grave, cuyos importes no guardan proporción alguna con el de las multas que sancionan el incumplimiento de obligaciones similares en España.

«Este régimen de la imprescriptibilidad y de las duras sanciones, sin más graduación ni atención a las circunstancias de cada caso, como el mayor o menor saldo de la cuenta o el origen lícito o ilícito, llevó a la Comisión Europea a denunciar en junio de 2019 a España ante el TJUE porque opina que podían vulnerar cinco libertades de la UE», recuerdan desde Gestha.

Los técnicos de Hacienda reconocen la utilidad de esta información, ya que en cuatro años se tuvo conocimiento de bienes y derechos declarados por casi 141.000 millones, pero afirman que la utilidad no justifica que las consecuencias de su incumplimiento sean «desmesuradas», por lo que ha propuesto varias veces su modificación.

Gestha propone retrotraer la prescripción a los 10 años anteriores al período impositivo más antiguo entre los no prescritos desde que afloran las cuentas y los patrimonios ocultados situados en paraísos fiscales, manteniendo la calificación de «ganancias patrimoniales no justificadas» que no cuestiona el Tribunal de la UE.

El Registro de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas de España (REAF-CGE) califica como «demoledora» la sentencia. Su presidente, Agustín Fernández, señala que «ya se apuntaba desde hace algún tiempo» ya que, en julio, el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea también consideró ilegal el sistema de sanciones de Hacienda.

En una jornada sobre «La reforma de la tributación indirecta y medioambiental», la vocal del Consejo Directivo del REAF-CGE, Carmen Jover, destaca que la sentencia del TUE sostiene eque la regulación del Modelo 720 «atenta contra el principio de seguridad jurídica» y «tumba la normativa española». También que la sanción del 150% por declarar el Modelo 720 fuera de plazo «raya la confiscatoriedad y no tiene ningún sentido».

El Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos describe la sentencia como «la crónica de una muerte (parcial) esperada». «La sentencia no anula el modelo 720, pero pone de manifiesto las contradicciones de esta norma con el principio de libre circulación de capitales; y resalta lo elevado de su régimen sancionador. Ahora, toca ponerse las pilas y rehacer estas partes concretas del modelo 720», explica su presidente, Fernando Jesús Santiago Ollero.

La sentencia se fundamenta en la diferencia de trato entre los residentes en España en función del lugar de localización de sus activos, lo que supone una restricción a la libre circulación de capitales. «No se trata igual a quien tiene sus bienes en España que a aquel que los tiene en Alemania», resalta

La posibilidad de que la administración tributaria pueda proceder sin limitación temporal a la regularización del impuesto adeudado por las cantidades correspondientes al valor de los bienes o derechos situados en el extranjero y no declarados, o declarados de manera imperfecta o extemporánea, produce un «efecto de imprescriptibilidad» que permite también a la administración tributaria cuestionar una prescripción ya consumada en favor del contribuyente, vulnerando, a juicio del TJUE, la exigencia fundamental de seguridad jurídica.

En cuanto al régimen sancionador, tanto respecto de las sanciones de tipo fijo como de tipo proporcional y la acumulación de las mismas, el Tribunal cuestiona, según los gestores, el «muy elevado tipo» de las multas o sanciones imponibles, lo que le confiere un «carácter extremadamente represivo», lo que además de desincentivar el cumplimiento, constituye un «menoscabo desproporcionado de la libre circulación de capitales».

El Gobierno deberá aprobar una nueva configuración del régimen sancionador y un nuevo régimen de prescripción aplicables al modelo 720, cuyo plazo reglamentario de presentación, por cierto, respecto del ejercicio 2021, se abrió el pasado día 1 de enero y finaliza el próximo 31 de marzo.

Respuesta de Hacienda: se corregirá «con la mayor celeridad»

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, muestra su «respeto» a la sentencia del TUE sobre el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero y  anuncia que se corregirá «con la mayor celeridad» los elementos sujetos a revisión.

«Vamos a reformular de forma rápida, una vez que leamos con detenimiento la letra pequeña, aquellos aspectos que haya que corregir», como los plazos de prescripción y la cuantía de las sanciones.

Montero recuerda que se trata de una declaración informativa, por lo que sigue estando vigente. Así que hasta el 31 de marzo del ejercicio corriente tienen los contribuyentes de plazo para hacer la presentación de este modelo 720.

La ministra pretende que, antes de que expire el plazo de presentación del modelo se haya corregido la norma utilizando algunas de las leyes que pueden encontrarse en tramitación en el Congreso o el Senado. «Creemos que es más adecuado hacerlo por este mecanismo que no por el mecanismo del decreto ley», precisa.

Estima que son unos 60.000 contribuyentes los que presentan este modelo anualmente, con 225.200 millones€ declarados.

Asegura que en los últimos tres años no se ha impuesto prácticamente ninguna sanción sobre este modelo Y que antes se han impuesto sanciones por esta normativa de unos 230 millones.  «Habrá que ver ahora a quién le afecta la letra pequeña de la sentencia, si es a la totalidad de afectados o si solo una parte», concluye,

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