El cierre laboral del año 2021 registra una franca recuperación del empleo como han tenido ocasión de leer en estas páginas. Es cierto que las cifras principales muestran un desempeño meritorio, aunque irregular en el tiempo, después de la estrepitosa caída de la actividad de 2020. Por supuesto que el Gobierno central y algunos gobiernos autonómicos se han lanzado a micrófonos y pantallas para anunciar la buena nueva laboral, adjudicándose no se sabe qué méritos en la buena evolución de la distintas estadísticas.
Estas patrimonializaciones de los éxitos, siempre relativos, contrastan con las nulas ocasiones en que se atribuyen los fracasos. Es el entendimiento que tienen los políticos de la gestión de distintas variables económicas y su aprovechamiento pro domo sua.
Estos datos de la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre del año pasado se produjeron durante las negociaciones de la, llamémosla, reforma laboral y, por tanto en plena vigencia de la ley de 2012. Reforma laboral cuya convalidación parlamentaria está estancada, por la actitud de los partidos que apoyan habitualmente a la coalición gubernamental.
El escollo parlamentario se cifra, una vez más, en la ambición de partidos nacionalistas y secesionistas de fraccionar el espacio económico español hasta límites que serían risibles si no fueran verdaderamente trágicos. La creación de un espacio laboral autonómico carece de todo sentido práctico.
Los convenios colectivos ya tienen definidos sus ámbitos territoriales y sectoriales. La prevalencia del convenio sectorial sobre el de la empresa es un retroceso que contiene la reforma en curso y que solo se entiende como mecanismo de supervivencia para unas organizaciones sindicales cuya afiliación es pírrica, aunque su encaje institucional les hace aparentar mayor representatividad.
Aunque les pese a algunos gobiernos autonómicos, no sólo al catalán, al vasco y al navarro, la demarcación autonómica no es un dogma de fe y desde el punto de vista económico es, está siendo, enormemente disfuncional y caro. Lo es en materia de comercio interior, lo es en materia fiscal y solo faltaba que se introdujera en el ámbito laboral.
El Artículo 149 de la Constitución vigente, que establece las competencias exclusivas del Estado, en su punto 7 fija como tal la legislación laboral. Carece de sentido crear un ámbito intermedio autonómico en la praxis laboral. Sin competencias normativas autonómicas en la materia, afortunadamente, ¿qué persiguen?
La vicepresidente segunda y ministra de Trabajo contestaba a esta pregunta diciendo que el obstruccionismo es sólo política. O sea, lo mismo que hace ella, al cambiar una ley que en 2021 ha permitido alcanzar 840.000 nuevos ocupados.
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