La Comisión Europea regula la vigilancia del mercado de vehículos, sus sistemas y componentes

08/02/2022

diarioabierto.es. Se tendrán en cuenta las reclamaciones fundadas, por marca y denominación comercial de los vehículos, en los tres años anteriores. // Reglamento de Ejecución (UE) 2022/163

El DOUE de 8 de febrero publica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/163 de la Comisión, de 7 de febrero de 2022, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los requisitos funcionales de vigilancia del mercado de los vehículos, los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes. Entra en vigor a los veinte días de su publicación.

El Reglamento 2018/858, de 30 de mayo de 2018, trata sobre la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos.

Según el nuevo reglamento, la escala adecuada de las comprobaciones de verificación de la conformidad de vehículos, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes realizadas por las autoridades de vigilancia del mercado se establecerá sobre la base de los siguientes criterios:

  • la frecuencia de los controles documentales de vehículos, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes efectuados en vehículos matriculados en el Estado miembro de que se trate el año anterior
  • el número de ensayos anuales
  • una clasificación de los peligros de los actos reguladores enumerados en el anexo II del Reglamento (UE) 2018/858, basada en el riesgo y en la probabilidad de ocurrencia del peligro
  • el número de vehículos nuevos matriculados en el Estado miembro en cuestión el año anterior, por marca y denominación comercial
  • las reclamaciones fundadas, por marca y denominación comercial de los vehículos, en los tres años anteriores
  • la información intercambiada en el Foro en los tres años anteriores
  • los resultados de ensayos publicados por terceros en los tres años anteriores
  • el porcentaje de ensayos asignado al número de vehículos matriculados y el porcentaje de ensayos asignado al muestreo aleatorio.

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