El DOUE de 9 de febrero publica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/174 de la Comisión, de 8 de febrero de 2022, por la que se declara, para un período de tiempo limitado, la equivalencia del marco normativo aplicable a las entidades de contrapartida central del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.
El Reglamento 648/2012, de 4 de julio de 2012, es el relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central (ECC) y los registros de operaciones.
Según la nueva decisión, el marco jurídico y de supervisión del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte aplicable a las ECC ya establecidas y autorizadas en el mismo el 31 de diciembre de 2020, se considerará equivalente a los requisitos establecidos en el Reglamento 648/2012.
La decisión entra en vigor el día siguiente al de su publicación, se aplicará a partir del 1 de julio de 2022 y expirará el 30 de junio de 2025.
Consulta pública
Además, la Comisión Europea inició ayer una consulta pública específica y una convocatoria de datos sobre la manera de expandir las actividades de compensación central en la UE y mejorar el atractivo de las ECC de la UE para reducir la dependencia excesiva de la Unión a ECC sistémicas de terceros países. El objetivo de esta consulta es también recabar las opiniones de las partes interesadas sobre los cambios en los mecanismos de supervisión de las ECC de la UE. Unas ECC de la UE más atractivas y mejor supervisadas aumentarán los beneficios del mercado único para los participantes en los mercados financieros y las empresas de la UE.
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