
Foto: Óscar Cañas – Europa Press
Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) están garantizados más allá del 28 de febrero. Sin embargo, el cierre de la actual regulación levantada frente a la Covid requiere de una regulación, más allá de su plasmación en la recién aprobada reforma laboral. A falta de un desarrollo reglamentario, el ministerio de Trabajo reúne mañana a empresarios y sindicatos para clarificar la situación.
Más de 105.000 trabajadores permanecían en ERTE en la última actualización de datos, con fecha 31 de enero. La mayor parte de ellos, casi un tercio, se encuadran en la hostelería. Aunque en proporción de plantilla afectada, son las agencias de viajes las que se llevan la palma en el uso de estas herramientas concebidas para evitar despidos.
Por otro lado, otros 12.000 trabajadores, la mayoría de la industria, estaban también afectados, por causas distintas de la Covid; por cuellos de botella en la distribución de componentes, en su mayor parte; sobre todo el el automóvil, si bien este sector ha ido levantado el pie del freno en las últimas semanas, con menos trabajadores afectados.
Hasta el próximo 28 de febrero sigue vigente la normativa de los ERTE concebidos para luchar contra la pandemia. Pero en ese momento finaliza la última prórroga aprobada. Y no se prevén nuevas prórrogas, debido precisamente a la aprobación de la reforma laboral, recientemente convalidada en el Congreso, aunque vigente desde el pasado 31 de diciembre.
Esta reforma laboral modificó el Estatuto de los Trabajadores. Novedades que ocuparon los artículos 47 y 47 bis del citado Estatuto. Y que ahora hay que bajar a la arena, junto al resto de la normativa aprobada en esta reforma.
La reforma laboral prevé tres grandes tipos de ERTE. En primer lugar, los motivados por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción —los conocidos ETOP— a los que se añaden los motivados por causa de fuerza mayor. Y luego el nuevo Mecanismo RED, que prevén también la posibilidad de reducir la jornada o suspender temporalmente los contratos por causas cíclicas o sectoriales; sus dos modalidades.
En el caso de los primeros, los ETOP y por causa de fuerza mayor, la reforma laboral prevé un desarrollo reglamentario, que todavía no ha llegado; si bien la norma fija sus peculiaridades con bastante nivel de detalle.
Por este motivo, y dado la novedad de la norma, el ministerio de Trabajo reúne mañana jueves a CEOE, Cepyme y a los sindicatos CCOO y UGT, a fin de “clarificar” la norma, que despliega algunas de las medidas aprobadas por la reforma laboral.
Nuevo Mecanismo RED
En el caso del Mecanismo RED, los expedientes podrán ser cíclicos o sectoriales. En el caso de los cíclicos las empresas podrán acogerse a esta medida cuando se dé una “coyuntura macroeconómica general” que aconseje su adopción, a fin de estabilizar el empleo. El plazo máximo de duración del expediente es de un año.
En el caso de los sectoriales, las empresas podrán solicitar su activación cuando existan “cambios permanentes” en su actividad o sector de actividad, que “generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesional de las personas trabajadoras”.
En este caso la duración será de un máximo de dos años, divididos en un año inicial y dos prórrogas de seis meses. Y comportan la obligación de acompañarse de un plan de formación y recualificación para la plantilla afectada.
En general las empresas que recurran a los ERTE gozarán de exenciones en el pago de sus cuotas a la Seguridad Social, en diversa cuantía, según la modalidad de expediente. Y los trabajadores de una prestación que cubrirá el 70% de su salario, con un límite del 225% del IPREM, es decir, 1.302,80 euros (en catorce pagas), resultado de multiplicar este indicador público de renta de efectos múltiples de 579,02 euros al mes por el citado 225%.
En cuanto a las exoneraciones, en la modalidad cíclicas, las empresas gozarán de un 60% de exoneración durante los cuatro primeros meses; que baja luego a la mitad entre el quinto y el octavo mes (30%); para finalizar en un 20% a partir del noveno mes.
Estas exoneraciones, en la modalidad sectorial, se fijan en un 40%; siempre condicionadas a la realización de actividades formativas; también subvencionadas.
La financiación de los ERTE del Mecanismo RED corre a cargo de un Fondo RED, nutridos por los sobrantes de las cotizaciones por desempleo y aportaciones del Gobierno vía Presupuestos Generales del Estado y de la Unión Europea (UE), que servirán para pagar, tanto las prestaciones de los trabajadores, como las exenciones de las empresas, y gastos de formación.
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