La Comisión Europea regula la garantía de compensación de las entidades de servicios de inversión

22/02/2022

diarioabierto.es. La norma busca evitar un uso potencialmente desproporcionado o inadecuado de los requisitos de fondos propios. // Reglamento Delegado (UE) 2022/244

El DOUE de 22 de febrero publica el Reglamento Delegado (UE) 2022/244 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican el importe de la garantía total para el cálculo del factor K «garantía de compensación concedida» (K-CMG). Entra en vigor a los veinte días de su publicación.

El Reglamento 2019/2033, de 27 de noviembre de 2019, es el relativo a los requisitos prudenciales de las empresas de servicios de inversión (ESI).

A efectos de especificar el cálculo del importe de la «garantía total exigida», y con el fin de aumentar la claridad y la coherencia en relación con sus componentes, debe aclararse que el importe de dicha garantía total incluye todas las garantías reales exigidas por el miembro compensador de conformidad con su modelo de garantía.

La garantía total exigida diariamente se utiliza para el cálculo de K-CMG. Cuando los miembros compensadores adapten su garantía exigida en el plazo de un día, ello dará lugar a más de un ajuste de los márgenes de garantía en el mismo día. Con el fin de evitar la incertidumbre sobre cuál de esos requisitos de garantías debe utilizarse y teniendo en cuenta que se debe utilizar el tercer importe más elevado durante un período de tres meses para el cálculo de K-CMG, es necesario especificar que el importe diario de la garantía exigida debe ser el más elevado de los requisitos de garantías en un día determinado.

Las ESI podrán recurrir a los servicios de compensación de varios miembros compensadores. Para las posiciones a las que se aplique K-CMG, la determinación del importe de la garantía total exigida a la ESI debe ser exhaustiva e incluir la garantía total exigida por todos los miembros compensadores. Por consiguiente, cuando una ESI utilice K-CMG para posiciones sujetas a compensación por varios miembros compensadores, el CMG debe calcularse como la suma de las garantías exigidas a todos los miembros compensadores. En consecuencia, las ESI deben calcular en primer lugar el importe total diario de la garantía exigida como la suma de la garantía total exigida a todos los miembros compensadores, para después determinar el tercer importe más elevado de las garantías totales exigidas diariamente.

Para la aplicación de K-CMG en función de la cartera, cuando toda la cartera esté sujeta a compensación o constitución de garantías, deben cumplirse las condiciones establecidas. Por lo tanto, una cartera de posiciones compensadas asignada a una mesa de negociación puede utilizar K-CMG, mientras que, al mismo tiempo, una cartera de posiciones compensadas asignada a otra mesa de negociación puede utilizar el factor K «riesgo de posición neta» (K-NPR). Para evitar el arbitraje, el uso de K-CMG y K-NPR en todas las mesas de negociación debe ser coherente. Por lo tanto, debe utilizarse el mismo enfoque para las mesas de negociación que sean similares en términos de estrategia empresarial y de posiciones de la cartera de negociación.

Debe exigirse a la autoridad competente (AC) que evalúe si el método K-CMG es adecuado en la medida en que refleje el perfil de riesgo de las posiciones de la cartera de negociación de la ESI. Debe exigirse a las ESI que comparen periódicamente su propia evaluación de riesgos con las garantías exigidas por los miembros compensadores, a fin de evaluar si dichas garantías siguen siendo un buen indicador del nivel de riesgo para el mercado de la empresa de servicios de inversión. En el momento de la evaluación por parte de la AC, la ESI debe realizar una comparación entre los requisitos de capital de K-NPR y K-CMG y debe poder justificar adecuadamente a la AC la diferencia entre dichos requisitos de capital. La evaluación de la AC solo debe ser positiva cuando se cumplan todas estas condiciones. En particular, la AC debe velar por que la ESI pueda controlar y justificar adecuadamente la diferencia entre los resultados de los dos métodos, K-NPR y K-CMG, especialmente en casos de grandes variaciones de las garantías exigidas.

Cambiar con una frecuencia elevada entre el uso de K-NPR y K-CMG es un sólido indicador de un uso potencialmente desproporcionado o inadecuado de los requisitos de fondos propios. Es posible evitar el arbitraje regulatorio limitando esta frecuencia. Para hacer frente al riesgo de arbitraje regulatorio, el requisito de hacer un uso continuo de uno de los dos métodos para una mesa de negociación durante al menos dos años sería proporcionado. No obstante, en casos excepcionales (por ejemplo, una reestructuración empresarial), cuando una mesa de negociación cambie hasta tal punto que pueda considerarse una mesa de negociación diferente, la AC debe permitir a la empresa de servicios de inversión cambiar los métodos dentro de ese período de dos años.

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.