El Diario Oficial de la UE publica las nuevas sanciones a Rusia y Bielorrusia

02/03/2022

diarioabierto.es. Se prohíbe vender, suministrar, transferir o exportar billetes denominados en euros a Rusia o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo, incluidos el Gobierno y el Banco Central, o para uso en el país.

El DOUE de 2 de marzo publica:

  • Reglamento (UE) 2022/345 del Consejo, de 1 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania
  • Decisión (PESC) 2022/346 del Consejo, de 1 de marzo de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.

Ambos entran en vigor el día de su publicación.

Como regla general, prohíben:

  • Invertir o participar en proyectos cofinanciados por el Fondo Ruso de Inversión Directa o contribuir de otro modo a tales proyectos.
  • A partir del 12 de marzo de 2022, prestar servicios especializados de mensajería financiera, utilizados para intercambiar datos financieros, a las personas jurídicas, entidades y organismos que figuran en el anexo XIV (VIII en el caso de la decisión) o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido en Rusia cuyos derechos de propiedad pertenezcan directa o indirectamente en más del50 % a una entidad que figura en el anexo XIV. En dicho anexo, que incorpora el nuevo reglamento, figuran siete bancos.
  • Vender, suministrar, transferir o exportar billetes denominados en euros a Rusia o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo en Rusia, incluidos el Gobierno y el Banco Central de Rusia, o para uso en Rusia.

Más castigos a los medios de comunicación

Otro DOUE de 2 de marzo publica:

  • Reglamento (UE) 2022/350 del Consejo, de 1 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania
  • Decisión (PESC) 2022/351 del Consejo, de 1 de marzo de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.

Ambos entran en vigor el día de su publicación.

Como regla general, prohíben a los operadores difundir, permitir, facilitar o contribuir de otro modo a la emisión de cualquier contenido por parte de las personas jurídicas, entidades u organismos enumerados en el anexo XV (IX en el caso de la decisión), añadido por el nuevo reglamento, incluso mediante transmisión o distribución por cualesquiera medios tales como cable, satélite, IP-TV, proveedores de servicios de internet, plataformas o aplicaciones de intercambio de vídeos en internet, ya sean nuevas o previamente instaladas.

Se suspende cualquier licencia o autorización de radiodifusión, acuerdo de transmisión y distribución celebrado con las personas jurídicas, entidades u organismos enumerados en el anexo XV. En este anexo figuran cinco versiones de RT- Russia Today, una de ellas en español, y Sputnik.

Sanciones a personas de Bielorrusia

Otro DOUE de 2 de marzo publica:

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2022/353 del Consejo, de 2 de marzo de 2022, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

  • Decisión (PESC) 2022/354 del Consejo, de 2 de marzo de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Ambos entran en vigor el día de su publicación.

Modifican el anexo I del Reglamento 269/2014, o el anexo de la Decisión 2014/145/PESC, ampliando el número de personas desde el nº 697 al 718, 22 en total, todas ellas de Bielorrusia.

Más sanciones contra Bielorrusia

Otro DOUE de 2 de marzo publica:

  • Reglamento (UE) 2022/355 del Consejo, de 2 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia. Tiene 102 páginas
  • Decisión (PESC) 2022/356 del Consejo, de 2 de marzo de 2022, por la que se modifica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia. Tiene 9 páginas.

Entran en vigor el día siguiente al de su publicación. Los anexos mencionados se refieren al reglamento.

Como norma general, prohíben:

  • Vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, productos y tecnología de doble uso, sean originarios o no de la UE, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país
  • Prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología anteriores, o con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país
  • Proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología anteriores para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica conexa, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país
  • Vender, suministrar, transferir o exportar directa o indirectamente los productos y la tecnología que puedan contribuir a la mejora militar y tecnológica de Bielorrusia, o al desarrollo de su sector de la defensa y la seguridad, sean originarios o no de la UE, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su utilización en ese país. A este punto se le aplican los dos anteriores
  • Proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con otras prohibiciones que figuran aquí
  • Importar en la UE, directa o indirectamente, los productos de madera que figuran en el anexo X, si son originarios de Bielorrusia, o han sido exportados desde Bielorrusia
  • Comprar, directa o indirectamente, los productos de madera que figuran en el anexo X que se hallen en Bielorrusia o sean originarios de dicho país
  • Transportar los productos de madera que figuran en el anexo X si son originarios de Bielorrusia o son exportados desde dicho país a cualquier otro
  • Los mismos puntos precedentes, pero referidos a productos de cemento, de hierro y acero y de caucho
  • Vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, las máquinas que figuran en el anexo XIV, originarias o no de la UE, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país.

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.