El DOUE de 4 de marzo publica:
- Reglamento de Ejecución (UE) 2022/365 de la Comisión, de 3 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1624, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en relación con los procedimientos, modelos de formularios y plantillas para la notificación de información a efectos de los planes de resolución para las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión, de conformidad con la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo. Tiene 45 páginas. Entra en vigor a los veinte días de su publicación.
- Decisión (UE) 2022/368 del Banco Central Europeo, de 18 de febrero de 2022, por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/2218 sobre el procedimiento para excluir a empleados de la presunción de que sus actividades tienen una incidencia importante en el perfil de riesgo de la entidad de crédito supervisada (BCE/2022/6). Tiene 6 páginas. Entra en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación.
El hecho que ambas normas se refieran a las entidades de crédito justifica que las coloquemos en un único comentario, aunque no estén directamente relacionadas.
Reglamento
La Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
La Directiva 2019/879 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, por la que se modifica la Directiva 2014/59/UE en relación con la capacidad de absorción de pérdidas y de recapitalización de las entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, introdujo determinadas modificaciones en el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles establecido en la Directiva 2014/59/UE. La información sobre la capacidad de las entidades para cumplir este requisito también se tiene en cuenta, en cierta medida, en el contexto de la planificación de la resolución.
Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución 2018/1624 de la Comisión, como sigue:
- En el anexo I las plantillas Z 02.00 y Z 03.00 se sustituyen por las plantillas del mismo tipo que figuran en el anexo I del nuevo reglamento
- El anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo II del nuevo reglamento.
Decisión
El Reglamento Delegado 604/2014 de la Comisión, de 4 de marzo de 2014, por el que se complementa la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en relación con los criterios cualitativos y los criterios cuantitativos adecuados para determinar las categorías de personal cuyas actividades profesionales tienen una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad, estableció criterios cualitativos y cuantitativos para determinar las categorías de personal cuyas actividades profesionales tienen una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad.
También estableció un procedimiento mediante el cual una entidad puede determinar que, aunque un miembro del personal cumpla los criterios cuantitativos, no se considera que sus actividades profesionales tengan una incidencia importante en el perfil de riesgo de la entidad y, sobre la base de dicha determinación, podrá notificar o solicitar autorización a la autoridad competente para excluir al miembro del personal de la presunción de que sus actividades profesionales tienen una incidencia importante en el perfil de riesgo de la entidad.
Siendo el BCE responsable de velar por que las entidades bajo su supervisión directa apliquen las normas sobre la determinación del personal de una manera coherente que garantice la solidez de dicha determinación, adoptó la Decisión 2015/2218 del Banco Central Europeo (BCE/2015/38), de 20 de noviembre de 2015, sobre el procedimiento para excluir a empleados de la presunción de que sus actividades tienen una incidencia importante en el perfil de riesgo de la entidad de crédito supervisada, con el fin de aclarar el procedimiento de exclusión de los miembros del personal que tienen una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad.
Tras las modificaciones de la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, el Reglamento Delegado 604/2014 fue derogado para las entidades de crédito y sustituido el 14 de junio de 2021 por el Reglamento Delegado de la Comisión 2021/923, que refleja el nuevo proyecto de normas técnicas de regulación con el fin de definir los conceptos de responsabilidades de dirección, funciones de control, unidades de negocio importantes e incidencia significativa en el perfil de riesgo de una unidad de negocio importante, y determinar los miembros del personal o las categorías de personal cuyas actividades profesionales incidan en el perfil de riesgo de la entidad de manera importante.
El Reglamento Delegado 2021/923 también elimina el procedimiento de notificación y establece los criterios para la evaluación de las circunstancias excepcionales.
A fin de velar por la seguridad jurídica de las entidades de crédito que enviaron notificaciones y presentaron solicitudes en virtud del Reglamento Delegado 604/2014, o solicitudes de aprobación previa al amparo del Reglamento Delegado 2021/923 antes de la entrada en vigor de la nueva decisión, resulta necesario establecer medidas transitorias.
La nueva decisión introduce diez modificaciones en la original.
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