Un estudio de Asufin afirma que existe una gran inseguridad jurídica por las tarjetas ‘revolving’, con sentencias desfavorables al consumidor pese a que se aplicaba hasta un 25% de intereses.
Un análisis de los fallos por tarjetas ‘revolving’ realizado por la Asociación de Usuarios Financieros recoge que la defensa jurídica que se basa «solo en el tipo de interés usurero y desproporcionado no garantiza un veredicto positivo para el consumidor, por lo que se hace necesario añadir la falta de transparencia».
Hasta un 21% de las sentencias analizadas con tipos de interés del 24% al 25,99% resultan favorables a las entidades.
El estudio aprecia «falta de seguridad jurídica»: «se podría pensar que cuanto mayor es la TAE, más probabilidades de éxito existen, dada la lógica planteada por el argumento de usura, pero no es así».
El porcentaje de casos perdidos por los consumidores en asuntos de menos del 19% TAE se eleva al 28,69%, frente al 12,47% de media. Las resoluciones que versan sobre TAE elevadas tienen una tasa de éxito muy alta, superior al 90%, llegando a ser del 100% en las que superan el 30% TAE.
Las sentencias con TAE del 20% al 21,99% tienen un éxito para el consumidor cercano a la media, 86,70%, y aquellas con TAE que van 22% a 23,99% TAE suben hasta el 92,30%, cinco puntos más que la media.
«Pero resulta contradictorio el resultado del tramo que va del 24% al 25,99% y que concentra más del 28% de litigiosidad. Contra todo pronóstico, el 21,6% de los casos han sido a favor de la entidad, casi el doble de la media», señala Asufin.
Así, señala que se encuentra con una jurisprudencia «poco homogénea», en la que, dependiendo del fuero, «se dictan sentencias que no consideran usura una TAE del 24% y sí una del 18%». «Una situación que, si bien sigue siendo mayoritariamente favorable al consumidor, no es ni mucho menos deseable para ninguna de las partes», agrega.
Esta situación se produce en un contexto en el que los pleitos sobre crédito y tarjetas ‘revolving’ «sigue aumentando» y «nada hace pensar que vayan a disminuir».
Asufin indica la «falta de criterio homogéneo» que permita establecer «con claridad» un valor de la TAE a partir de la cual se considera usura «genera una inseguridad jurídica que no favorece a nadie».
De esta forma, la asociación defende que la defensa en los asuntos de tarjetas ‘revolving’ «no debe centrarse únicamente en la usura, sino en la clara falta de transparencia que se ha observado en la comercialización de este tipo de crédito y que ha ocasionado situaciones de sobreendeudamiento».
Además, considera que la futura transposición de la Directiva de Crédito al Consumo es «una oportunidad» para establecer parámetros claros que limiten prácticas de usura en el mercado, no solo en ‘revolving’ sino en otros tipos de crédito, como los créditos rápidos o de un día, «que están floreciendo en internet sin control ninguno con graves perjuicios para los consumidores y un alto riesgo de sobreendeudamiento».
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