Cuatro son las empresas que aparecen en el registro para proveedores de servicios de criptomonedas que el Banco de España habilitó en octubre de 2021: C.R. Tecnología y Finanzas S.L.; Bitcoinforme S.L.; Bit Base S.L. y Blox B.V..
C.R. Tecnología y Finanzas es titular del sitio web ‘Criptocambio.es’ que publicita la compra y envío de criptomonedas a personas que viven en Venezuela. Además de la Eurozona, está presente en Argentina, Brasil, Colombia, Chile, Perú, y República Dominicana.
Bitcoinforme es el propietario de Bit2Me, y a mediados de febrero de 2022 se incluyó en el registro tanto como proveedor de servicios de cambio de moneda virtual por fiduciaria como de servicios de custodia de monederos electrónicos (‘wallets’).
Desde el 23 de febrero también está registrado Bit Base como proveedor de servicios de cambio entre criptomonedas y monedas fiduciarias y de custodia de monederos electrónicos. Se trata de una compañía que cuenta con tiendas físicas y cajeros en Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao, Sevilla, Málaga o Zaragoza.
Blox se registró el 10 de marzo, y es una sociedad de los Países Bajos.
E Banco de España habilitó este registro para proveedores de servicios de criptomonedas, siguiendo la disposición adicional segunda de la Ley 10/2010, de 28 de abril, sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.Pero avisa que la Ley «no establece normas de supervisión financiera, prudencial, gobierno corporativo, seguridad tecnológica ni de conducta de mercado o transparencia informativa», y que el Banco de España «no supervisa» los riesgos financieros u operativos y de seguridad de estos negocios ni tiene ninguna competencia en materia de conducta sobre estos proveedores.
Además, la inscripción en este registro «no implica aprobación o verificación alguna de la actividad realizada por los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos por parte del Banco de España».
La inscripción en el registro está condicionada a que estos proveedores cuenten con procedimientos y órganos adecuados de prevención en materia de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, así como al cumplimiento de los requisitos de honorabilidad comercial y profesional.
Una vez presentada la solicitud de registro, el Banco de España tiene un plazo de tres meses para resolver la recepción e inscribir a la empresa en el registro.