De las más de 43.000 páginas que lleva publicadas el Boletín Oficial del Estado desde que empezó el año (sin contar las de anuncios) el Real Decreto-ley 6/2022 de 29 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, apenas solo cuenta con 158 páginas, o sea, a ritmo de lectura normal no comprensiva, unas cinco horas de lectura gratuita.
Es fácil deducir que cada ciudadano tendrá intereses parciales sobre lo que ha decidido el Gobierno, que ha adquirido una especial facilidad para los decretos, que no para los proyectos de ley. Para tratar de aliviar a quienes quieren saber de primera mano lo que les afecta (incluidos los parlamentarios a los que no les han dado tiempo ni para enchufar el BOE), vamos a hacer unas acotaciones previas. Se pueden ahorrar las primeras 47 páginas de la exposición de motivos, que es un género con personalidad propia en la literatura administrativa. La palinodia normativa se les da muy bien a los gobiernos, que parece que piden perdón por tomar medidas, siempre por culpa de otros.
Agradézcanme que les deje ya solo 111 páginas de carácter dispositivo, eso supone solo unas tres horas y pico de lectura, pero mucho más ardua y no exenta de algunas ecuaciones de primero y segundo grado (supongo). No obstante, creo que también pueden prescindir de la mayoría de las 41 disposiciones finales, de la disposición derogatoria, de las ocho disposiciones transitorias (al fin y al cabo, todo o casi todo el Real Decreto-ley es transitorio en sí mismo, puesto que rige hasta finales de junio) y también de las veinte disposiciones adicionales.
Ya solo les quedan por leer los 51 Artículos dispositivos o lo que es lo mismo, 41 páginas que se pueden despachar en una hora y veinte minutos de apasionante lectura entre kilowatios, gasóleos, fertilizantes y claro, la inexcusable aportación social relacionada con la atención telefónica gratuita para las personas que sufran discriminación racial o étnica o las subvenciones a entidades públicas y privadas para que puedan llevar a cabo actividades relacionadas con la prevención, protección y atención de la violencia contra las mujeres. Subvenciones que pueden llegar a 2 millones de euros y son compatibles con otras subvenciones públicas.
Si el contenido social es inexcusable (aunque lo hayan metido aquí con calzador para que se vea algo la mano de UP) tampoco se puede olvidar la cultura y, dentro de ésta, la cinematografía. Y ahí, un brindis al sol. Facilidades administrativas para las películas subvencionadas que se hubieran rodado en Ucrania o en Rusia y que, por razones obvias, no van a poder cumplir los plazos marcados para cobrar las ayudas obtenidas.
Pero claro, todo eso necesita la coctelera financiera imprescindible para que no se pueda seguir la pista de los dineros hasta vayan a saber cuándo. Para eso el Decretón sí ha sido previsor. Todas las transferencias de créditos, los créditos extraordinario y los suplementos de créditos que contiene, que dejan para el arrastre los Presupuestos Generales del Estado de este año, tienen la venia para saltarse las limitaciones de la Ley General Presupuestaria, que para eso está la Disposición Adicional décimo octava.
De nada.
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