La Comisión propone actualizar la legislación de la UE para proteger más a los consumidores

01/04/2022

diarioabierto.es. El comercio estará obligado por ley a vender productos duraderos y reparables.

La Comisión Europea se propone actualizar las normas de la Unión Europea relativas a la protección de los consumidores, a fin de capacitarlos para la transición ecológica y potenciar la economía circular. Por una parte, quiere otorgarles nuevos derechos; por ejemplo, el de saber durante cuánto tiempo está previsto que dure un producto y, en su caso, cómo se puede reparar. Por otro lado, pretende que las normas le hagan estar más protegidos frente a declaraciones medioambientales poco fiables o falsas. Así, se quiere prohibir el greenwashing o blanqueo ecológico, esto es, que un producto o servicio se anuncie como ecológico o sostenible, sin serlo realmente.

En definitiva, las normas actualizadas garantizarán que los consumidores puedan tomar decisiones informadas y respetuosas con el medio ambiente cuando compren productos. Las propuestas de la Comisión se debatirán próximamente en el Consejo y en el Parlamento Europeo. Una vez adoptadas e incorporadas a la legislación nacional de los Estados miembros, los consumidores tendrán derecho a vías de recurso en caso de infracción, también a través del procedimiento de recurso colectivo previsto en la Directiva sobre acciones de representación.

En palabras de la vicepresidenta de Valores y Transparencia, Věra Jourová: “Con esta propuesta les dotamos de nuevas y sólidas herramientas que les permitirán tomar decisiones informadas e incrementarán la sostenibilidad de los productos y de nuestra economía”. Por su parte, el comisario de Justicia, Didier Reynders, añade: “Si no empezamos a consumir de manera más sostenible, no podremos alcanzar los objetivos del Pacto Verde Europeo, es así de sencillo. A pesar de que la mayoría de los consumidores están dispuestos a colaborar, hemos visto también un aumento de las prácticas de blanqueo ecológico y de obsolescencia temprana. Para ser los verdaderos agentes de la transición ecológica, los consumidores deben tener derecho a estar informados para tomar decisiones sostenibles.También deben estar protegidos contra las prácticas comerciales desleales que abusan de su interés por comprar de manera ecológica”.

Imagen: Gerd Altmann (obtenida en pixabay.com y modificada).

El paquete de propuestas del Pacto Verde Europeo diseñado por la comisión la Comisión  tiene el objetivo de hacer de los productos sostenibles la norma en la UE, fomentar los modelos de negocio circulares y capacitar a los consumidores de cara a la transición ecológica. Como se anunció en el Plan de Acción para la Economía Circular, la Comisión propone nuevas normas para que casi todos los bienes físicos comercializados en la UE sean más respetuosos con el medio ambiente, adaptados a la economía circular y eficientes desde el punto de vista energético en todo su ciclo de vida, desde la fase de diseño hasta su uso cotidiano, reconversión y eliminación.

Derecho a la información
La Comisión propone además modificar la Directiva sobre los derechos de los consumidores. Quiere obligar a los comerciantes a facilitar a los consumidores información referida a los productos relativa a su:

♦ Durabilidad: los consumidores deben estar informados sobre la durabilidad garantizada de los productos. Si el productor de un bien de consumo ofrece una garantía comercial de durabilidad superior a dos años, el vendedor debe facilitar esta información al consumidor. En el caso de los productos que utilizan energía, los vendedores también deben informar a los consumidores cuando los productores no hayan facilitado ninguna información sobre una garantía comercial de durabilidad.

 Reparaciones y actualizaciones: los vendedores también deben facilitar la información pertinente sobre las reparaciones, como la puntuación de reparabilidad (en su caso) u otra información pertinente sobre reparaciones facilitada por el productor, como la disponibilidad de piezas de recambio o un manual de reparación. En el caso de los dispositivos inteligentes y los contenidos y servicios digitales, también se debe informar al consumidor sobre las actualizaciones de software facilitadas por el productor.

♦ Los productores y los vendedores decidirán la manera más adecuada de comunicar esa información a los consumidores, que puede ser en el embalaje o en la descripción del producto en su web. En cualquier caso, esos datos se deben proporcionar antes de la compra y de forma clara y comprensible.

La obsolescencia programada, prohibida
La Comisión también propone varias modificaciones de la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales. En primer lugar, se amplía la lista de características del producto sobre las que un comerciante no puede engañar a los consumidores, con el fin de incluir el impacto medioambiental o social, la durabilidad y la reparabilidad. También se añaden nuevas prácticas consideradas engañosas tras una evaluación caso por caso, como hacer una declaración medioambiental sobre comportamientos medioambientales futuros sin metas ni compromisos claros, objetivos y verificables, y sin un sistema de supervisión independiente.

Por último, se modifica la citada Directiva con la incorporación de nuevas prácticas a la lista actual de prácticas comerciales desleales prohibidas, la denominada “lista negra”. Algunas de estas nuevas prácticas consisten en:

♦ Omitir información sobre las características introducidas para limitar la durabilidad, por ejemplo, un programa informático que interrumpa o reduzca la funcionalidad del producto al cabo de un período de tiempo determinado.

♦ Hacer declaraciones medioambientales genéricas y vagas si no es posible demostrar un comportamiento medioambiental excelente de un producto o de un comerciante. Ejemplos de declaraciones medioambientales genéricas son “respetuoso con el medio ambiente”, “eco” o “verde”, que sugieren o crean erróneamente la impresión de un excelente comportamiento medioambiental.

Hacer una declaración medioambiental sobre todo el producto, cuando en realidad solo afecta a un aspecto determinado de este.

♦ Exhibir una etiqueta de sostenibilidad voluntaria que no se base en un sistema de verificación por terceros ni haya sido establecida por autoridades públicas.

♦ Omitir información sobre la funcionalidad limitada de un producto cuando se utilizan bienes fungibles, piezas de recambio o accesorios no suministrados por el productor original.

Estas modificaciones tienen por objeto garantizar la seguridad jurídica de los comerciantes, pero también facilitar la aplicación de la legislación en los casos de blanqueo ecológico y de obsolescencia temprana de los productos. Además, al garantizar que las declaraciones medioambientales sean justas, los consumidores podrán elegir productos que sean realmente mejores para el medio ambiente que los de los competidores. Así se fomentará la competencia en favor de productos más sostenibles desde el punto de vista medioambiental y se reducirá el impacto negativo en el medio ambiente.


Más información
⇒ En la propuesta de Directiva sobre la capacitación de los consumidores para la transición ecológica, a través de la mejora de la protección contra las prácticas desleales y la información y anexo
 Ficha informativa sobre la capacitación de los consumidores para la transición ecológica
⇒ En la Página web sobre la capacitación de los consumidores para la transición ecológica

 

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