El DOUE de 6 de abril publica la Comunicación de la Comisión – Orientaciones para los Estados miembros en relación con las inversiones extranjeras directas de Rusia y Bielorrusia en vista de la agresión militar contra Ucrania y las medidas restrictivas establecidas en recientes Reglamentos del Consejo sobre sanciones (Reglamento (UE) nº 833/2014 del Consejo, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania y sus ulteriores modificaciones, y Reglamento (CE) nº 765/2006 del Consejo, de 18 de mayo de 2006, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y sus ulteriores modificaciones).
La Comisión Europea (CE) insta a los Estados miembros a:
- utilizar sistemáticamente sus mecanismos de control para evaluar y prevenir las amenazas relacionadas con las inversiones rusas y bielorrusas, por motivos de seguridad y orden público
- garantizar una estrecha cooperación entre las autoridades nacionales competentes en materia de sanciones y las autoridades competentes en materia de control de las inversiones en el contexto de la aplicación de las sanciones de la UE, la detección de las infracciones y la imposición de sanciones
- aplicar plenamente el Reglamento para el control de las inversiones extranjeras directas, en particular mediante la participación activa en el mecanismo de cooperación entre los Estados miembros y entre estos y la CE, con objeto de hacer frente a los riesgos en materia de seguridad y orden público relacionados con las inversiones extranjeras directas de Rusia y Bielorrusia
- garantizar el pleno cumplimiento de los requisitos de la Directiva contra el blanqueo de capitales, a fin de evitar el uso indebido del sistema financiero de la UE; y
- garantizar una estrecha cooperación entre las autoridades de control de los Estados miembros, las autoridades nacionales competentes en materia de sanciones y los bancos e instituciones nacionales de fomento, así como las instituciones financieras internacionales de las que son accionistas los Estados miembros, con objeto de detectar las inversiones, especialmente de Rusia y Bielorrusia, que podrían afectar a la seguridad y al orden público en la Unión y de facilitar el pleno cumplimiento de las sanciones en las actividades apoyadas por las entidades de inversión pública mencionadas.
En el anexo de la comunicación se describen las condiciones para que los Estados miembros puedan imponer restricciones a la libre circulación de capitales y a la libertad de establecimiento. Fuera del marco de la UE para el control de las inversiones extranjeras directas, se anima encarecidamente a los Estados miembros que han introducido medidas con arreglo a las cuales pueden controlar las inversiones dentro de la Unión para alcanzar, de forma proporcionada, objetivos legítimos de orden público, a que utilicen estos mecanismos, tanto como sea posible, en relación con las inversiones controladas en última instancia por personas o entidades rusas o bielorrusas, con objeto de hacer frente a los riesgos que se ponen de relieve en la comunicación.
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