La UE modifica el Fondo de Asilo, Migración e Integración por Ucrania

11/04/2022

diarioabierto.es. Es necesario ampliar un año el período de ejecución de los fondos para permitir a los Estados utilizarlos plenamente.

El DOUE de 11 de abril publica el Reglamento (UE) 2022/585 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de abril de 2022, por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 514/2014 por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, la prevención y la lucha contra la delincuencia, y la gestión de crisis, (UE) nº 516/2014 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración y (UE) 2021/1147 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración. Entra en vigor el día siguiente al de su publicación.

La invasión de Ucrania por parte de Rusia el 24 de febrero de 2022 ha dado lugar a una afluencia masiva de personas desplazadas de Ucrania a varios Estados miembros. Esto supone una presión añadida sobre los recursos financieros de los Estados miembros para hacer frente a necesidades urgentes en materia de migración, gestión de las fronteras y seguridad que, dada la naturaleza y la dimensión de la crisis, van a persistir más allá de 2022.

Desde el 1 de enero de 2014, la política de asuntos de interior de la UE en materia de migración, gestión de las fronteras y seguridad se ha financiado a través del Fondo de Asilo, Migración e Integración y del Fondo de Seguridad Interior, compuesto por el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados, y el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, la prevención y la lucha contra la delincuencia, y la gestión de crisis (Fondos de Asuntos de Interior 2014-2020).

Es necesario ampliar un año el período de ejecución de estos Fondos a fin de permitir a los Estados miembros utilizar plenamente todos los importes no gastados de dichos programas y, en caso necesario, revisar rápidamente la ejecución de sus programas, si así se requiere, para hacer frente a los retos imprevistos derivados de la invasión de Ucrania.

Es necesario prever una mayor flexibilidad en el uso de los recursos asignados, que actualmente impide que los importes no gastados del período de programación 2014-2020 se utilicen para acciones destinadas a hacer frente a las necesidades acuciantes derivadas de la invasión de Ucrania.

Fondos 2021-2027

El 1 de enero de 2021 entró en vigor, en el marco financiero plurianual para 2021-2027, un paquete renovado de fondos en el ámbito de la gestión de la migración y de las fronteras bajo la forma del nuevo Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, y el Fondo de Seguridad Interior (Fondos de Asuntos de Interior 2021-2027).

Aunque estos Fondos entraron en vigor el 15 de julio de 2021 con aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2021, los programas de todos los Estados miembros aún no han sido aprobados.

A fin de garantizar la continuidad en la aplicación de los objetivos políticos de los Fondos de Asuntos de Interior 2014-2020 y 2021-2027, y de permitir una transición fluida entre los períodos de programación 2014-2020 y 2021-2027, minimizando así la carga administrativa para los Estados miembros, es necesario que exista cierto solapamiento entre la ejecución de dichos instrumentos de financiación.

Dicha necesidad está expresamente reconocida por los Fondos de Asuntos de Interior 2021-2027, que permiten la subvencionabilidad retroactiva de los gastos desde el 1 de enero de 2021.

Más tiempo y flexibilidad

Con el fin de que los Estados miembros sigan teniendo acceso a los importes no gastados en el marco de los Fondos de Asuntos de Interior 2014-2020, es necesario ampliar un año el período de subvencionabilidad de dichos fondos y realizar los ajustes correspondientes necesarios en las fechas aplicables a la ejecución, la presentación de informes, la evaluación y el cierre de los programas, así como en las fechas relativas a los importes liberados.

Con el fin de desbloquear el acceso a todos los fondos disponibles y evitar su pérdida mediante la liberación de recursos no utilizados previamente asignados a fines específicos, incluidos los recursos para acciones específicas y para el Programa de Reasentamiento de la UE, es necesario ofrecer a los Estados miembros flexibilidad para que puedan utilizar de forma excepcional estos recursos a la luz de circunstancias nuevas o imprevistas como las derivadas de la invasión de Ucrania.

A fin de aumentar el alcance de las fuentes de financiación disponibles para hacer frente a acontecimientos futuros imprevistos, conviene permitir a los Estados miembros y a otros donantes públicos o privados durante el período de programación 2021-2027 que aporten contribuciones financieras adicionales a la gestión del asilo y la migración, en forma de ingresos afectados externos.

Dichos ingresos afectados externos han de constituir una contribución específica de los Estados miembros y de otros donantes públicos o privados para financiar partidas específicas de gastos en el marco del Fondo de Asilo, Migración e Integración para el período 2021-2027, y van a permitir disponer de una medida adicional de preparación para financiar actividades de asilo y migración en los Estados miembros durante crisis como la derivada de la invasión de Ucrania.

El apoyo prestado en el marco del Fondo de Asilo, Migración e Integración para el período 2021-2027 debe complementar las acciones financiadas con cargo a otros fondos de la UE, en particular en el marco de la política de cohesión, a fin de maximizar el impacto de la financiación disponible.

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