El DOUE de 11 de abril publica la Decisión (UE) 2022/589 de la Comisión, de 6 de abril de 2022, por la que se establecen la composición y las disposiciones operativas para la creación del Grupo de Coordinación de la Comisión sobre Pobreza Energética y Consumidores Vulnerables.
El Grupo desempeñará las tareas siguientes:
- Servir de plataforma principal para el intercambio de información y la coordinación entre la Comisión Europea (CE) y los Estados miembros sobre cuestiones relacionadas con el diseño y la aplicación de la legislación, los programas y las políticas de la UE destinados a los hogares con pocos recursos financieros o afectados por la pobreza energética y a los consumidores vulnerables, incluso en el contexto de la energía asequible, las medidas específicas de renovación y eficiencia energética, y los sistemas de financiación a escala nacional
- Aportar un foro para el intercambio de experiencias, mejores prácticas y conocimientos especializados en relación con los consumidores vulnerables y los hogares con pocos recursos financieros o afectados por la pobreza energética, incluso en los niveles regional y local
- Prestar asistencia a la Comisión y a los Estados miembros en el diseño de iniciativas políticas, especialmente en relación con los planes nacionales de energía y clima, los informes de situación nacionales integrados de energía y clima, y las estrategias conexas.
El Grupo se encargará, en particular, de:
- Intercambiar información sobre decisiones relativas a las medidas para apoyar y capacitar a consumidores vulnerables y a hogares con pocos recursos financieros o afectados por la pobreza energética,
- Abordar la energía asequible en el contexto nacional y en el marco más amplio de la transición hacia una energía limpia, en cualquier nivel de la administración pública (nacional, regional y local)
- Debatir cuestiones específicas sobre consumidores vulnerables y hogares con pocos recursos financieros o afectados por la pobreza energética, con miras a determinar medidas adecuadas y soluciones coordinadas en consonancia con el Derecho de la UE
- Revisar las previsiones y los informes elaborados periódicamente por la Plataforma de Asesoramiento sobre la Pobreza Energética y la CE, en particular mediante el estudio, la medición y el seguimiento de los avances en relación con las causas profundas y las soluciones, incluido el análisis socioeconómico pertinente
- Mejorar la calidad y la variedad de datos e indicadores estadísticos disponibles, entre otras cosas mediante la recogida armonizada de datos de la UE, prestando la debida atención a las especificidades nacionales, a fin de garantizar que los enfoques del apoyo y la capacitación de consumidores vulnerables y en situación de pobreza energética se basen en una comprensión informada y actualizada de las cuestiones clave y las dimensiones pertinentes, así como de sus variaciones espaciales y temporales, en estrecha cooperación con el Comité de Protección Social (y su subgrupo de indicadores) y con ESTAT
- Promover el intercambio de información, la prevención y la acción coordinada en caso de emergencia en la Unión. Composición
El Grupo estará compuesto por autoridades de todos los Estados miembros.
Éstas, en particular los ministerios competentes en materia de energía, designarán a sus representantes y serán responsables de garantizar que estas personas aporten un alto nivel de conocimientos especializados en relación con los trabajos que deban realizarse y en función de las disposiciones internas del Estado miembro de que se trate.
Cada uno de los Estados miembros designará a un máximo de dos representantes permanentes y dos suplentes para que participen en los trabajos del Grupo en el nivel adecuado de adopción de decisiones.
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