La Comisión Europea fomenta la transparencia en el mercado de bonos

13/04/2022

diarioabierto.es. El supervisor europeo de los mercados, la ESMA, quiere incrementar el nivel de transparencia sin que genere un impacto negativo en la liquidez. // Reglamento Delegado (UE) 2022/629

El DOUE no programado de 13 de abril publica el Reglamento Delegado (UE) 2022/629 de la Comisión, de 12 de enero de 2022, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2017/583 en lo que respecta al ajuste de los umbrales de liquidez y los percentiles de transacción utilizados para determinar el tamaño específico del instrumento aplicable a determinados instrumentos distintos de acciones y de instrumentos asimilados. Entra en vigor a los veinte días de su publicación.
El Reglamento Delegado 2017/583 establece los requisitos de transparencia aplicables a los bonos, los productos de financiación estructurada, los derechos de emisión y los derivados. Con el fin de garantizar una aplicación fluida de estos requisitos, dicho reglamento introdujo una aplicación anual gradual de determinados umbrales de transparencia a lo largo de cuatro años, a partir de 2019. Esa aplicación gradual permite ampliar progresivamente la aplicación de las obligaciones de transparencia correspondientes. Se trata, en particular, del criterio del «número medio diario de transacciones» utilizado para determinar los bonos para los que existe un mercado líquido y los percentiles de transacción utilizados para determinar el tamaño específico del instrumento, que permite eximir de las obligaciones de transparencia prenegociación.

Con ese enfoque de aplicación gradual, pasar a la fase siguiente no es automático. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) debe presentar a la Comisión Europea (CE) su evaluación anual de la conveniencia de pasar a la siguiente fase. La evaluación de la ESMA debe analizar la evolución de los volúmenes de negociación de los instrumentos financieros en cuestión en la fase actual y anticipar el impacto que podría tener el paso a la siguiente fase tanto en la liquidez disponible como en los participantes en el mercado. Si está justificado, ESMA debe presentar, junto con su informe, una norma de regulación revisada que ajuste el umbral de cara a la fase siguiente.

ESMA presentó su evaluación y las normas de regulación revisadas a la CE el 22 de julio de 2021. ESMA concluye que, entre el primer y el cuarto trimestre de 2020, entre el 1,57% y el 2,58% de los bonos negociados se consideraron líquidos con arreglo a los criterios aplicables en la fase S2. Pasar a la fase S3 significa un aumento de aproximadamente el 40%.

Por lo que se refiere al tamaño específico del instrumento, ESMA concluye que pasar de la fase S2 a la S3 afectará principalmente a la negociación de bonos soberanos y otros bonos públicos, ya que el mayor aumento corresponderá a esos instrumentos. Sin embargo, esos instrumentos suelen negociarse en una horquilla de entre 3 y 6 millones €. Por consiguiente, ESMA considera que pasar a la fase S3 mantendría el tamaño específico del instrumento prenegociación lo suficientemente bajo como para proteger a los proveedores de liquidez del impacto en el mercado de las grandes órdenes, garantizando al mismo tiempo que los bonos más líquidos estén sujetos a la transparencia prenegociación.

Teniendo en cuenta la evaluación realizada por ESMA y el limitado nivel de transparencia de los mercados de bonos, los efectos limitados para la competencia en el mercado y el hecho de que el umbral seguiría siendo lo suficientemente bajo como para proteger a los proveedores de liquidez del impacto potencial en el mercado de las grandes órdenes, es conveniente pasar a la fase S3 tanto en lo que respecta a los bonos para los que existe un mercado líquido como en lo que respecta al tamaño específico del instrumento correspondiente a los bonos. El paso a la fase S3 aumentará previsiblemente el nivel de transparencia existente en el mercado de bonos sin tener un impacto negativo en la liquidez.

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