La UE aprueba un reglamento de orientaciones sobre las infraestructuras energéticas transeuropeas

03/06/2022

diarioabierto.es. España se interesa por las Interconexiones eléctricas en el eje norte-sur, las redes marítimas y las Interconexiones de hidrógeno en Europa Occidental. // Reglamento (UE) 2022/869

EL DOUE de 3 de junio publica el Reglamento (UE) 2022/869 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2022, relativo a las orientaciones sobre las infraestructuras energéticas transeuropeas y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 715/2009, (UE) 2019/942 y (UE) 2019/943 y las Directivas 2009/73/CE y (UE) 2019/944 y se deroga el Reglamento (UE) nº 347/2013.

Tiene 58 páginas. Entra en vigor a los veinte días de su publicación.

Objeto, objetivos y ámbito de aplicación

El reglamento establece orientaciones para el oportuno desarrollo e interoperabilidad de los corredores y áreas prioritarios de infraestructura energética transeuropea que figuran en su anexo I y que contribuyen a garantizar la mitigación del cambio climático, en particular, a alcanzar los objetivos en materia de energía y clima de la UE para 2030 y su objetivo de neutralidad climática para 2050 a más tardar, así como a garantizar las interconexiones, la seguridad energética, la integración de los mercados y sistemas y una competencia que beneficie a todos los Estados miembros, así como unos precios asequibles de la energía.

En particular, el reglamento:

  • contempla la identificación de proyectos de interés común y de proyectos de interés mutuo de la lista de la UE;
  • facilita la ejecución puntual de proyectos de lista de la UE mediante la racionalización, una coordinación más estrecha y la aceleración de los procesos de concesión de autorizaciones, así como mediante la mejora de la transparencia y de la participación del público;
  • establece normas para la distribución transfronteriza de los costes y de los incentivos relativos al riesgo para los proyectos de la lista de la UE;
  • determina las condiciones de admisibilidad de los proyectos de la lista de la UE para la ayuda financiera de la Unión.

Estructura

El reglamento se desarrolla en los siguientes capítulos:

  • I: Disposiciones generales
  • II: Proyectos de interés común y proyectos de interés mutuo
  • III: Concesión de autorizaciones y participación del público
  • IV: Planificación intersectorial de infraestructuras
  • V: Redes marítimas para la integración de energías renovables
  • VI: Marco reglamentario
  • VII: Financiación
  • VIII: Disposiciones finales.

Proyectos de interés para España

Nuestro país figura específicamente interesado en los siguientes proyectos prioritarios:

  • Interconexiones eléctricas en el eje norte-sur de Europa Occidental
  • Redes eléctricas marítimas del sur y el oeste
  • Redes eléctricas marítimas atlánticas
  • Interconexiones de hidrógeno en Europa Occidental

Son de interés para todos los Estados miembros las siguientes áreas temáticas prioritarias:

  • Establecimiento de redes eléctricas inteligentes
  • Red transfronteriza de dióxido de carbono
  • Redes de gas inteligentes.

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