La Comisión Europea modifica los productos de inversión basados en seguros

24/06/2022

diarioabierto.es. Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022 el que los productores de PRIIP puedan utilizar el documento de datos fundamentales para el inversor.

El DOUE de 24 de junio publica el Reglamento Delegado (UE) 2022/975 de la Comisión, de 17 de marzo de 2022, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2017/653 en lo que respecta a la prórroga de la disposición transitoria establecida en el artículo 14, apartado 2, de dicho Reglamento y se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2021/2268 en lo que respecta a la fecha de aplicación de dicho Reglamento. Entra en vigor a los veinte días de su publicación.

El Reglamento 1286/2014 establece normas uniformes sobre el formato y el contenido del documento de datos fundamentales que deben elaborar los productores de productos de inversión minorista empaquetados y de productos de inversión basados en seguros (PRIIP), así como sobre el suministro del documento de datos fundamentales a los inversores minoristas con el fin de que estos puedan comprender y comparar las características fundamentales y los riesgos de dichos productos.

El Reglamento Delegado 2017/653 establece normas relativas a la presentación, el contenido, el examen y la revisión de los documentos de datos fundamentales y las condiciones para cumplir el requisito de suministro de dichos documentos.

Por un lado, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022 el que los productores de PRIIP puedan utilizar el documento de datos fundamentales para el inversor elaborado de conformidad con los arts. 78 a 81 de la Directiva 2009/65/CE, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM), para facilitar información específica cuando al menos una de las opciones de inversión subyacentes sea un fondo OICVM o no OICVM.

Por otro, el Reglamento Delegado 2021/2268 será aplicable a partir del 1 de enero de 2023.

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.