La Comisión Europea crea grupos de diálogo civil en el ámbito de la PAC

05/08/2022

diarioabierto.es. Los grupos estarán compuestos por organizaciones de partes interesadas, distintas de las entidades públicas, que operen a escala de la UE. // Decisión (UE) 2022/1368

El DOUE de 5 de agosto publica la Decisión (UE) 2022/1368 de la Comisión, de 3 de agosto de 2022, por la que se crean Grupos de diálogo civil en el ámbito de la política agrícola común y se deroga la Decisión 2013/767/UE. Se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2027.

La Decisión 2013/767/UE de la Comisión, de 16 de diciembre de 2013, establece un marco para el diálogo civil en el ámbito de la política agrícola común (PAC). Se deroga con efectos a partir del 1 de enero de 2023.

La nueva decisión crea los siguientes grupos de expertos, denominados Grupos de diálogo civil, sobre:

  • los planes estratégicos de la PAC y las cuestiones horizontales;

  • mercados agrícolas;

  • producción animal;

  • aspectos internacionales de la agricultura;

  • agricultura ecológica;

  • calidad y promoción;

  • sobre medio ambiente y cambio climático.

Estos grupos desempeñarán las siguientes tareas, en relación con sus ámbitos temáticos de competencia:

  • mantener un diálogo regular sobre todas las cuestiones relacionadas con la PAC, y su aplicación, incluidos los aspectos internacionales de la agricultura, y en particular las medidas que la Comisión Europea (CE) deba adoptar en este contexto;

  • cuando se requiera una experiencia específica, asesorar a la CE en relación con sus ámbitos temáticos de competencia, y asistir a la CE en la preparación de iniciativas políticas en los ámbitos mencionados en el punto anterior;

  • propiciar un intercambio de experiencias y buenas prácticas, incluida la difusión de información, en los ámbitos mencionados en el primer punto;

  • emitir un dictamen sobre cuestiones específicas, a petición de la DG AGRI y en los plazos establecidos en dicha solicitud, o por propia iniciativa;

  • supervisar la evolución de las políticas en los ámbitos a que se refiere el primer punto.

Los grupos estarán compuestos por organizaciones de partes interesadas, distintas de las entidades públicas, que operen a escala de la UE en los ámbitos mencionados.

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