EL BCE modifica su Orientación sobre la gestión de los activos exteriores de reserva

08/08/2022

diarioabierto.es. Las entidades de contrapartida deben cumplir las normas sobre blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, y también las sanciones.

El DOUE de 8 de agosto publica la Orientación (UE) 2022/1378 del Banco Central Europeo, de 28 de julio de 2022, por la que se modifica la Orientación 2008/596/CE sobre la gestión de los activos exteriores de reserva del Banco Central Europeo por los bancos centrales nacionales y la documentación jurídica requerida para las operaciones en dichos activos (BCE/2008/5) (BCE/2022/28).

La Orientación 2008/596/CE del BCE regula la gestión de las reservas exteriores del Banco Central Europeo por los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro, así como la documentación jurídica de las operaciones relativas a dichos activos. Como resultado de la revisión periódica de dicha orientación, es necesario incorporar en ella varias modificaciones.

En primer lugar, cuando las entidades de contrapartida no cumplan la legislación aplicable en materia de prevención del blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, o estén implicadas en el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, el BCE debe tener la capacidad de rescindir los acuerdos marco de compensación celebrados por él con dichas entidades de contrapartida a partir del 1 de agosto de 2022 o celebrados por el BCE antes de esa fecha y modificados con posterioridad a ella. Esto reflejaría la práctica actual del BCE en lo que respecta a los demás acuerdos marco utilizados por el BCE.

En segundo lugar, las entidades de contrapartida de las operaciones relativas a los activos exteriores de reserva del BCE deben estar obligadas a respetar de forma continuada las sanciones aplicables impuestas a escala de la UE o de las Naciones Unidas, o impuestas por cualquier otra autoridad competente.

Además, es necesario realizar otros ajustes de carácter operativo o técnico.

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