El DOUE de 16 de agosto publica el documento único modificado a raíz de la aprobación de una modificación menor con arreglo al artículo 53, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento (UE) nº 1151/2012.
El Reglamento 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, trata sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.
Se refiere a la indicación geográfica protegida (IGP) Plátano de Canarias. Su zona geográfica de producción es el Archipiélago de las Islas Canarias y está constituido por todos los terrenos de uso agrario situados por debajo de los 500 metros sobre el nivel del mar.
El proceso de cultivo del plátano de Canarias debe realizarse dentro de esta zona geográfica. Sin embargo, el proceso de maduración y envasado de los plátanos amparados por la IGP se podrá realizar fuera de la zona geográfica delimitada.
Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.